PIETROBON GUILLERMO EZEQUIEL C/ EXPERTA ART SA S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
Trabajador demandó a aseguradora de riesgos del trabajo por accidente laboral. El Tribunal homologó el acuerdo conciliatorio celebrado por las partes por $7.000.000, declarando su conformidad con los recaudos legales y disponiendo costas a cargo de la demandada.
Quién demanda: Pietrobon Guillermo Ezequiel (trabajador)
¿A quién se demanda?
Experta ART SA (aseguradora de riesgos del trabajo)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reparación de daños y perjuicios derivados de accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
El Tribunal homologó el acuerdo conciliatorio suscripto por las partes con fecha 11/06/26 por la suma de $7.000.000, con costas a cargo de la demandada. Se regularon honorarios a favor de los letrados intervinientes y se establecieron las modalidades de pago del capital y demás sumas. Fundamentos principales de la decisión: La Sra. Jueza Sosa, en voto mayoritario, expresó: "Atento que el acuerdo conciliatorio de fecha 11/06/26, por la suma de $7.000.000, fue celebrado libremente por las partes y cumple con los recaudos legalmente exigidos para alcanzar una justa composición de los derechos e intereses de los litigantes, toda vez que no implica renuncias a derechos reconocidos en autos al trabajador, ni afecta disposiciones vigentes de orden público, soy de opinión favorable a homologar en todas sus partes la conciliación a que se arriba, en cuanto involucra la totalidad de los rubros reclamados y las costas ocasionadas (art.15 de la LCT; 1641 y sigs. del Cód. Civil y Comercial; Leyes 24.557 y 26.773, modificatorias y decretos reglamentarios, arts. 24, 30 y 89 ley 15.057; 73, 160, 162, 309, del C.P.C.C)." El Juez Sanchez Sierra adhirió al voto emitido en primer término por compartir fundamentos. El Juez Arechabala emitió voto en disidencia, expresando que "con las meras y escuetas manifestaciones formuladas respecto de los supuestos extremos que configuran la controversia de derechos e intereses entre las partes, sin poner a disposición de este tribunal elemento instrumental o material alguno que otorgue un mínimo nivel de fehaciencia a sus dichos, así como en cuanto a la mecánica y las consecuencias del hecho lesivo, no resulta posible evaluar la dimensión del conflicto que permita valorar si el acuerdo presentado afecta o no el orden público laboral, en orden a los derechos irrenunciables en juego." Sin embargo, su voto quedó en minoría.
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