SANCHEZ MARIA CRISTINA C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
La trabajadora demandó a la aseguradora de riesgos del trabajo por revisión de resolución de comisión médica jurisdiccional. El Tribunal homologó la transacción celebrada entre las partes por la suma de ocho millones de pesos, otorgando efectos de cosa juzgada al acuerdo.
Quién demanda: Maria Cristina Sanchez, representada por el Dr. Cristian Horacio Canosa.
¿A quién se demanda?
Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A, representada por el Dr. Santiago Alberto Trezza Silva.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Revisión de resolución dictada por comisión médica jurisdiccional en el marco de la Ley 15.057 (régimen de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales).
¿Qué se resolvió?
El Tribunal homologó el acuerdo transaccional celebrado entre las partes, otorgándole efectos de cosa juzgada. La demandada debe abonar a la actora la suma de OCHO MILLONES DE PESOS ($8.000.000.-) según las pautas pactadas en el acuerdo. Fundamentos principales de la decisión: La Jueza Weiss expresó en su voto que "La transacción arribada alcanza, a mi entender, una justa composición de los derechos e intereses de las partes no enervando consecuentemente, las disposiciones laborales de orden público emanado de los arts. 15 y 263 L.C.T., por lo que corresponde su homologación para que las mismas puedan beneficiarse con los efectos de la cosa juzgada (art.30 de la ley 15.057)." El Tribunal reguló los honorarios del abogado de la actora (Dr. Cristian Horacio Canosa) en 32,16 JUS (equivalente a $1.600.000), y los del abogado de la demandada (Dr. Santiago Alberto Trezza Silva) en idéntico monto. Asimismo, reguló los honorarios del perito médico Dr. Néstor Fontana en CUATROCIENTOS MIL PESOS ($400.000). La resolución establece las modalidades de pago, disponiendo que el capital acordado se deposite en cuenta sueldo de la actora, con especificación detallada de plazos, cargas de información y consecuencias del incumplimiento, incluyendo la operación de mora de pleno derecho al vencimiento.
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