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SANABRIA MARIA LAURA C/ PREVENCION ART S.A. S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES

La actora promovió incidente de fijación de honorarios extrajudiciales contra la ART demandada. El Tribunal homologó el acuerdo conciliatorio e impuso al demandado el pago de los honorarios profesionales regulados, más las costas procesales y la tasa de justicia.

Homologacion de acuerdo Fijacion de honorarios extrajudiciales Ley 20.744 Ley 14.967 Derecho laboral Tasa de justicia Costas procesales Honorarios profesionales Jus Reparacion patrimonial

Quién demanda: SANABRIA MARIA LAURA

¿A quién se demanda?

PREVENCION ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Fijación de honorarios extrajudiciales derivados de un acuerdo celebrado entre las partes.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal de Trabajo Nº 4 de Lomas de Zamora homologó el acuerdo conciliatorio celebrado por las partes y fijó los honorarios profesionales correspondientes, imponiendo las costas a la demandada. Fundamentos principales de la decisión: La Dra. RIVOLTA BLANCA ESTER expresó: "Estimo que la conciliación arribada no vulnera ningún principio de orden público, y constituye una justa composición de los derechos e intereses de las partes y de la controversia traída a decisión de este órgano jurisdiccional. En consecuencia, conforme con el Art. 15 de la Ley 20.744, considero corresponde la homologación solicitada, y formular advertencia a las partes acerca de la vigencia de lo normado en el Art. 270 del Código Fiscal (Ley 10.397 T.O. Dec. 339/94 B.O. 29-7-94)." Los Dres. LAREQUI MARIA EUGENIA y BUDNIK GUSTAVO DANIEL votaron en igual sentido compartiendo los fundamentos de la Dra. RIVOLTA BLANCA ESTER. El Tribunal reguló los honorarios profesionales de la parte actora a cargo de la demandada en la suma de PESOS TRESCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA ($348.250), equivalente a 7 JUS al día de la fecha, conforme a la Ley 14.967 y considerando la naturaleza, calidad, eficacia, extensión e importancia de la labor realizada. Asimismo, reconoció los honorarios del Dr. PORCO FEDERICO RUBEN en la suma de PESOS NOVENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS ($99.500). La demandada fue condenada al pago de la tasa de justicia en la suma de $8.756.

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