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DI RUSSO IGNACIO DAMIAN C/ STRUWAY RODRIGO JAVIER S/ DESPIDO

El Tribunal homologó el acuerdo conciliatorio celebrado entre trabajador y empleador en causa de despido. La decisión consideró que la conciliación no vulnera principios de orden público y constituye una justa composición de derechos e intereses de las partes.

Conciliacion laboral Homologacion Despido Acuerdo de partes Honorarios profesionales Tasa de justicia Principios de orden publico Derecho del trabajo Tribunal del trabajo Cumplimiento de acuerdo

Quién demanda: Di Russo Ignacio Damian (trabajador)

¿A quién se demanda?

Rodrigo Javier Struway (empleador)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Homologación del acuerdo conciliatorio en causa caratulada "DI RUSSO IGNACIO DAMIAN C/ STRUWAY RODRIGO JAVIER S/ DESPIDO"

¿Qué se resolvió?

El Tribunal del Trabajo Nº 4 de Lomas de Zamora homologó el acuerdo conciliatorio celebrado por las partes, estableciendo las obligaciones de ambas partes respecto al pago de honorarios profesionales, tasa de justicia y cumplimiento del acuerdo. Fundamentos principales de la decisión: La Dra. Rivolta Blanca Ester expresó: "Estimo que la conciliación arribada no vulnera ningún principio de orden público, y constituye una justa composición de los derechos e intereses de las partes y de la controversia traída a decisión de este órgano jurisdiccional. En consecuencia, conforme con el Art. 15 de la Ley 20.744, considero corresponde la homologación solicitada, y formular advertencia a las partes acerca de la vigencia de lo normado en el Art. 270 del Código Fiscal (Ley 10.397 T.O. Dec. 339/94 B.O. 29-7-94)." Los Dres. Larequi Maria Eugenia y Budnik Gustavo Daniel votaron en igual sentido compartiendo los fundamentos de la Dra. Rivolta. En las resoluciones se establece: a) Homologación del acuerdo conciliatorio conforme a los artículos 30 de la Ley 15.057 y 15 de la Ley 20.744; b) Pago de tasa de justicia por suma de $110.000; c) Regulación de honorarios profesionales a cargo de la demandada: Dr. Ozorio Emilio Ramón $650.000 (equivalente a 13,06 jus), Dr. Ozorio Torres Gustavo Javier $350.000 (equivalente a 7,03 jus), más aportes de ley; reconocimiento de honorarios del Dr. Gérez Raúl Adrian por $1.000.000; d) Pago de sumas conciliadas en cuenta personal del trabajador; e) Obligación de acreditación de cumplimiento mediante constancia de transferencia; f) Advertencia sobre depósito judicial conforme art. 277 de la LCT que no rige para pago de honorarios profesionales.

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