CRUZ CATTANEO JAVIER MARTÍN C/ PREVENCION ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
El Tribunal de Trabajo Nº 4 homologó el acuerdo conciliatorio celebrado entre el actor y la aseguradora de riesgos del trabajo, considerando que no vulnera principios de orden público y constituye una justa composición de los derechos e intereses de las partes involucradas en el accidente de trabajo.
Quién demanda: Cruz Cattaneo Javier Martín
¿A quién se demanda?
Prevencion Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Homologación de acuerdo conciliatorio en un accidente de trabajo.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal hizo lugar a la homologación solicitada y dictó las disposiciones correspondientes respecto de costas, honorarios profesionales y cumplimiento de obligaciones de pago.
Fundamentos principales de la decisión:
La Dra. Blanca Ester Rivolta, en representación del Tribunal, expresó: "Estimo que la conciliación arribada no vulnera ningún principio de orden público y constituye una justa composición de los derechos e intereses de las partes y de la controversia traída a decisión de este órgano jurisdiccional. En consecuencia, conforme con el Art. 15 de la Ley 20.744, considero corresponde la homologación solicitada, y formular advertencia a las partes acerca de la vigencia de lo normado en el Art. 270 del Código Fiscal (Ley 10.397 T.O. Dec. 339/94 B.O. 29-7-94)."
Los Dres. Larequi y Budnik votaron en igual sentido compartiendo los fundamentos de la Dra. Rivolta.
En materia de costas, se impusieron a la demandada, regulándose honorarios profesionales conforme la Ley 14.967 considerando "la naturaleza, calidad, eficacia, extensión e importancia de la labor realizada, el resultado de la presente Litis y la Doctrina Legal de la S.C.B.A." Se regularon honorarios a favor de la Dra. Barrios Alejandra Elisabet por $350.000.
- (equivalentes a 7,03 JUS) y se reconocieron los de la Dra. Viera Andrea Stephanie en $700.000.
- más aportes y contribuciones de ley.
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