PUGLIESE ADRIAN MANUEL C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
El actor promovió acción de revisión de una resolución de comisión médica jurisdiccional contra su aseguradora de riesgos del trabajo. El Tribunal homologó el acuerdo conciliatorio arribado por las partes, por considerar que no vulnera principios de orden público y constituye una justa composición de derechos e intereses.
Quién demanda: Pugliese Adrian Manuel
¿A quién se demanda?
Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Revisión de una resolución de comisión médica jurisdiccional conforme a la Ley 15.057
¿Qué se resolvió?
El Tribunal hizo lugar a la homologación del acuerdo conciliatorio celebrado entre las partes, reguló honorarios profesionales, condenó en costas a la demandada y estableció las modalidades de pago de las prestaciones y emolumentos. Fundamentos principales de la decisión: La Dra. Blanca Ester Rivolta expresó: "Estimo que la conciliación arribada no vulnera ningún principio de orden público, y constituye una justa composición de los derechos e intereses de las partes y de la controversia traída a decisión de este órgano jurisdiccional. En consecuencia, conforme con el Art. 15 de la Ley 20.744, considero corresponde la homologación solicitada, y formular advertencia a las partes acerca de la vigencia de lo normado en el Art. 270 del Código Fiscal (Ley 10.397 T.O. Dec.339/94 B.O. 29-7-94)." Los Dres. Larequi y Budnik votaron en igual sentido que la Dra. Rivolta, compartiendo sus fundamentos. El Tribunal ordenó el pago de tasa de justicia en la suma de PESOS SEISCIENTOS SESENTA MIL ($660.000.-). Se regularon honorarios al Dr. Trezza Silva Santiago Alberto en PESOS SEIS MILLONES ($6.000.000.-) equivalentes a 120,60 JUS, y a las peritas Iglesias Norma Beatriz, Sbrollini Victoria Eugenia y Molina Micaela en PESOS UN MILLÓN QUINIENTOS MIL ($1.500.000.-) para cada una. Se reconocieron los honorarios de la representación letrada del actor Dr. Masdeu Jorge Gabriel en PESOS SEIS MILLONES ($6.000.000.-) con aportes y contribuciones de ley. El Tribunal advirtió que las prestaciones dinerarias deberán ser depositadas en cuenta sueldo del trabajador conforme a la Ley 27.348.
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