MISERO FLAMINIO C/ PROVINCIA ART S.A S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
Actor promovió acción especial por accidente de trabajo solicitando homologación de convenio conciliatorio. El Tribunal del Trabajo Nº 3 de Morón homologó el acuerdo celebrado por $ 7.500.000, ordenando el pago del capital en cuenta sueldo del trabajador y regulando honorarios de profesionales intervinientes.
Quién demanda: Misero Flaminio (trabajador/actor)
¿A quién se demanda?
Provincia ART S.A
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Homologación del convenio conciliatorio celebrado entre las partes en fecha 12/06/2026 por un monto de $ 7.500.000 (pesos siete millones quinientos mil), derivado de un accidente de trabajo.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal del Trabajo Nº 3 de Morón, en sentencia unánime de sus tres integrantes, homologó con fuerza y autoridad de cosa juzgada el acuerdo conciliatorio suscripto por las partes. Se ordenó el pago del capital actoral en la cuenta sueldo del trabajador y se regularon los honorarios de los profesionales intervinientes.
Fundamentos principales de la decisión:
La Jueza Liliana Marta Lipicar expresó en su voto, que luego fue compartido por las otras dos integrantes del tribunal:
"Visto el estado de las presentes actuaciones, los informes periciales producidos, los rubros reclamados y el monto convenido, estimo que el convenio que nos ocupa debe ser materia de homologación en virtud de que el mismo no vulnera norma alguna de orden público y se adecua a los dispositivos de los arts. 12 y 15 de la LCT t.o., llegándose a una justa composición de la litis."
El tribunal consideró que el acuerdo resultaba procedente de homologación al no vulnerar ninguna norma de orden público y ajustarse a los artículos 12 y 15 de la Ley de Contrato de Trabajo, representando una justa composición de la litis. Respecto a los aspectos del pago, se ordenó que:
- La demandada deberá depositar el capital actoral en la "cuenta sueldo" del trabajador (art. 17 ley 27.348)
- En caso de mora automática se aplicarán intereses moratorios ajustados a la tasa pasiva del Banco Central de la República Argentina (art. 55 de la ley 27.802)
- Se mantiene la cláusula penal manifestada por las partes en el apartado 7° del acuerdo
Se regularon los honorarios del abogado del actor Dr. Testa Pablo Martín en $ 1.500.000 (equivalente a 30,15 IUS arancelarios), de la letrada demandante Dra. Paula Marina Schumacher en igual suma, del perito médico Vega Silvio Jorge en $ 300.000 y de la perito contadora Garzilli Lorena Martha en $ 149.250, todos más sus respectivos aportes legales e IVA si correspondiere.
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