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BERTELLO CLAUDIO DAMIAN C/ CASTRO MARCELO PABLO y otros S/ DESPIDO

Actor demandó por despido a varios demandados. El Tribunal de Trabajo homologó por mayoría el acuerdo conciliatorio que establece una indemnización de $7.000.000 a favor del actor, con costas a cargo de la demandada, exención de tasa de justicia condicionada al cumplimiento puntual.

Despido Acuerdo conciliatorio Homologacion Indemnizacion Tasa de justicia Costas Honorarios de letrados Derecho del trabajo Justa composicion Incumplimiento

Quién demanda: Claudio Damian Bertello

¿A quién se demanda?

Marcelo Pablo Castro, Mardemadri S.R.L., Rafael Antonio Deluca, Adriana Marcela Crivisky y Mariana Laura Castro

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Demanda por despido

¿Qué se resolvió?

El Tribunal homologó el acuerdo conciliatorio arribado entre las partes en audiencia de vista de causa, estableciendo una indemnización total de PESOS SIETE MILLONES ($7.000.000) a favor del actor, pagadera en la forma pactada por las partes, con costas a cargo de la demandada. Fundamentos principales: La Dra. Bartoli sostuvo que "la solución arribada importa una justa composición de los derechos y deberes de las partes, en los términos del art. 15 de la L.C.T. (art. 30 Ley 15.057), debiendo en consecuencia, homologarse la misma" citando precedente de la SCBA (10-9-95 "Garzon c/ El Mangrullo"). Consideró que debía imponerse las costas a la demandada y que, respecto de la tasa de justicia, no debería eximirse su pago en virtud de los arts. 338 y 341 del Código Fiscal. La Dra. Slavin adhirió a los fundamentos del voto anterior pero con excepción respecto de la tasa de justicia, proponiendo que "en virtud de lo dispuesto por el art. 30 3ro. parr. ley 15.057, considero que deberá eximirse su pago en el supuesto de cumplimiento puntual del acuerdo celebrado, caso contrario, se liquidará la misma tomando como base el monto del acuerdo (art. 30 ley 15.057)". La Dra. Beldarrain adhirió a los fundamentos del voto de la Dra. Slavin con idéntico alcance. Por mayoría se resolvió eximir de la tasa de justicia en el supuesto de cumplimiento puntual del acuerdo, caso contrario se liquidará tomando como base el monto del acuerdo. Se regularon honorarios de letrados: Dra. Mariana Chuburu en $1.400.000 (28,14 JUS); Dr. Rodrigo Blanco en 7 JUS ($348.250); Dr. Sergio Augusto Scianna en 7 JUS ($348.250); Dr. Daniel Alberto Savioli Coll en 7 JUS ($348.250), más el porcentaje del art. 14 ley 6716 mod. por ley 8455. En caso de incumplimiento se aplicará el interés pactado por las partes conforme arts. 55 y 207 Ley 27.802.

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