IBARRA ROCIO MAILEN C/ FISCALIA DE ESTADO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES
La abogada Rocío Mailen Ibarra demandó al Fisco de Buenos Aires por regulación y pago de honorarios profesionales por su actuación en un expediente de la Comisión Médica. El Tribunal de Trabajo N° 2 hizo lugar a la demanda y condenó al Estado a pagarle 4 IUS por sus servicios profesionales.
Quién demanda: La letrada Rocío Mailen Ibarra, en actuación por derecho propio.
¿A quién se demanda?
Fisco de la Provincia de Buenos Aires.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Regulación y pago de honorarios profesionales por su labor como patrocinante del trabajador Darío Nicolás Villegas en el expediente n° 9199/25 de la Comisión Médica n° 11 de La Plata. Las actuaciones concluyeron con homologación de acuerdo que reconoció al trabajador una incapacidad del 0,64% e indemnización de $1.337.059,53.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda condenando al Fisco de la Provincia de Buenos Aires a pagarle a Rocío Mailen Ibarra la suma de 4 IUS en concepto de honorarios profesionales, con más aportes previsionales e IVA si correspondiere. Se impusieron las costas a la demandada vencida y se regularon los honorarios de la profesional interviniente en 0,5 IUS. Fundamentos principales de la decisión: "Que se encuentra acreditada la actuación profesional de la letrada Rocío Mailen Ibarra en las actuaciones administrativas referidas. Que la demandada no acreditó pago alguno de honorarios." "Que el art. 1 de la ley 27.348 establece que los honorarios profesionales por actuaciones ante las Comisiones Médicas estarán a cargo de la ART o empleador autoasegurado. Que corresponde aplicar la ley arancelaria 14.967, resultando inaplicables normas administrativas de menor rango." "Que ponderando el monto del asunto, la labor profesional y las pautas de los arts. 9, 16, 21, 44 y 55 de la citada ley, corresponde fijar los honorarios en 4 IUS."
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