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BUSTOS JONATHAN EMANUEL C/ MINISTERIO DE SALUD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y OTRO/A S/ EJECUCION DE HONORARIOS

El letrado Bustos reclamó regulación y pago de honorarios profesionales por su actuación ante la Comisión Médica en gestión que resultó en homologación de acuerdo. El Tribunal hizo lugar a la demanda y condenó al Fisco a abonar 20 IUS más aportes previsionales e IVA, desechando la normativa administrativa interna que pretendía fijar un piso del 5%.

Regulacion de honorarios Comision medica Ley 27.348 Ley arancelaria 14.967 Incapacidad laboral Homologacion de acuerdo Fisco provincial Ejecucion de honorarios Normativa administrativa Indemnizacion trabajador.

Quién demanda: Jonathan Emanuel Bustos, letrado patrocinante del trabajador Antonio Roberto Orcajo.

¿A quién se demanda?

Fisco de la Provincia de Buenos Aires.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Regulación y pago de honorarios profesionales por su labor como patrocinante del trabajador en el expediente n° 484938/24 de la Comisión Médica n° 11 de La Plata, que concluyó con homologación de acuerdo reconociendo incapacidad del 7% e indemnización de $8.591.407,53.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal hizo lugar a la demanda y condenó al Fisco a pagar 20 IUS en concepto de honorarios profesionales, más aportes previsionales e IVA. Asimismo, reguló los honorarios del abogado patrocinante Gustavo Ezequiel Puyol en 4 IUS. Fundamentos principales: "Que se encuentra acreditada la actuación profesional del letrado Jonathan Emanuel Bustos, en las actuaciones administrativas referidas. Que la demandada no acreditó pago alguno de honorarios." "Que el art. 1 de la ley 27.348 establece que los honorarios profesional por actuaciones ante las Comisiones Médicas estarán a cargo de la ART o empleador autoasegurado. Que corresponde aplicar la ley arancelaria 14.967, resultando inaplicables normas administrativas de menor rango." "Que ponderando el monto del asunto, la labor profesional y las pautas de los arts. 9,16, 21, 44 y 55 de la citada ley, corresponde fijar los honorarios en 20 IUS."

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