CENTURIÓN ÁVILA, HEBER OSVALDO C/CALELLO HNOS. S.A. S/DESPIDO
El actor promovió demanda por despido contra CALELLO HNOS. S.A. El Tribunal homologó el acuerdo conciliatorio por PESOS SIETE MILLONES ($7.000.000), pagadero en tres cuotas mensuales, con costas a cargo de la demandada.
Quién demanda: CENTURIÓN ÁVILA, HEBER OSVALDO
¿A quién se demanda?
CALELLO HNOS. S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Demanda por despido, resuelta mediante acuerdo conciliatorio entre las partes.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal homologó el acuerdo conciliatorio que asciende a PESOS SIETE MILLONES ($7.000.000), en las condiciones pactadas, imponiendo costas a cargo de la demandada e impulsando regulación de honorarios profesionales y periciales. Fundamentos principales de la decisión: La juez Bocchio expresó: "Las partes de común acuerdo han llegado a una conciliación en la presente causa, de la que instruye el acta que antecede de fecha 11 DE JUNIO DE 2026. No existe a mi juicio, impedimento legal para que se dicte sentencia homologando la conciliación mencionada que pone fin al pleito y en la forma dispuesta por el art. 15 de la Ley 20.744 y 309 del C.P.C.C., de modo que las partes tengan a su favor una declaración de certeza y gocen de los beneficios de la cosa juzgada, sobre todo cuando se trata de derechos litigiosos y se ha arribado a una justa composición de los mismos." El acuerdo dispone que la demandada, sin reconocer hechos ni derechos y al solo efecto conciliatorio, se allana a pagar mediante depósito en cuenta bancaria de exclusiva titularidad del actor en los siguientes plazos y condiciones: 3 CUOTAS MENSUALES, LA PRIMERA DE $3.000.000 Y LAS DOS RESTANTES DE $2.000.000 A PAGAR LOS DIAS 22 DE JUNIO DE 2026, 22 DE JULIO DE 2026 Y 21 DE AGOSTO DE 2026. Asimismo, se estableció que en caso de demora o incumplimiento en el pago se producirá mora y caducidad automáticas de los plazos pendientes, devengándose una sanción equivalente a una vez y media la tasa activa promedio del Banco de la Provincia de Buenos Aires en operaciones a treinta días en pesos. El Tribunal reguló los honorarios de los letrados intervinientes por la parte actora: Dr. WALTER ANIBAL BOGADO en PESOS NOVECIENTOS MIL ($900.000) y Dra SILVINA ANAHI MADAMA en PESOS QUINIENTOS MIL ($500.000); por la parte demandada: Dr. DANIEL NASROULAH en PESOS UN MILLÓN CUATROCIENTOS MIL ($1.400.000). También se regularon honorarios del perito contador GONZALO MATIAS POCIELLO en PESOS DOSCIENTOS OCHENTA MIL ($280.000). Se eximió a las partes del pago de la tasa de justicia.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: