MARRA CINTIA GISELA C/ MICELI JUAN JOSE S/ INCIDENTE DE EJECUCION DE HONORARIOS
Incidente de ejecución de honorarios regulados promovido por la abogada contra su anterior cliente. El Tribunal ordenó la ejecución por el capital de $ 4.975.000 (equivalente a 100 IUS) más intereses y aportes de ley, rechazando la oposición del ejecutado por extemporánea.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Quién demanda: Cintia Gisela Marra (abogada)
A quién demanda: Juan José Miceli
Objeto de la demanda: Ejecución de honorarios regulados en sentencia dictada en autos caratulados "MICELI JUAN JOSE C/ GAGLIARDI ANTONIO JOSE S/ ESCRITURACION" Expte. Nº 80692, fechada 15/3/2022
Decisión del Tribunal: Se hizo lugar al incidente de ejecución de honorarios, ordenándose llevar adelante la ejecución hasta el íntegro pago de la suma reclamada.
Fundamentos principales:
"No habiendo la parte ejecutada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 155, 504 y ccs. del CPCC)."
Se condenó al ejecutado al pago de $ 4.975.000, equivalente a 100 IUS según el valor de esa unidad al momento del efectivo pago, en concepto de honorarios regulados. La sentencia estableció que "La suma indicada devengará intereses que se calcularán desde la fecha de la mora operada a los diez (10) días de haber quedado firme el auto regulatorio; es decir, el día: 02/09/2022 y hasta el efectivo pago, con más un interés del 12 % anual (conf. art. 54 -inc. a
- de la ley 14.967)."
A la suma resultante se le adicionará un 10% en concepto de aportes de ley. Se impusieron costas a la parte ejecutada por resultar vencida, diferiendo la regulación de honorarios profesionales hasta la oportunidad en que exista liquidación judicial aprobada en los presentes actuados.
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