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GUTIERREZ ELVIRA S/ SUCESION AB-INTESTATO

Declaratoria de herederos en sucesión ab-intestato de Elvira Gutierrez. El Tribunal declaró herederos a los tres hijos vivos, al cónyuge supérstite y al nieto en representación de su padre prefallecido.

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Quién demanda: La sucesión ab-intestato de Elvira Gutierrez, tramitada ante el Juzgado Civil y Comercial Nro. 12 de Mar del Plata.

¿A quién se demanda?

A los herederos presuntos: Carlos Luis Castorina (cónyuge), Carlos José Castorina, Santiago Ricardo Castorina, Sebastián Luis Castorina (hijos) y Gabriel Castorina (nieto).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La declaratoria de herederos en virtud del fallecimiento de Elvira Gutierrez ocurrido el 17 de junio de 2022 en Mar del Plata.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal declaró herederos de Elvira Gutierrez a: (i) sus tres hijos vivos: Carlos José Castorina, Santiago Ricardo Castorina y Sebastián Luis Castorina; (ii) su nieto Gabriel Castorina, quien sucede en representación de su padre prefallecido Juan Pablo Castorina (quien falleció el 24 de octubre de 2019); y (iii) su cónyuge Carlos Luis Castorina, respecto de los bienes propios de la causante. Fundamentos principales de la decisión: El Tribunal consideró probado mediante documentación digital adjunta el fallecimiento de Elvira Gutierrez, su matrimonio con Carlos Luis Castorina celebrado el 4 de octubre de 1974, y el nacimiento de sus hijos Carlos José, Santiago Ricardo, Sebastián Luis y Juan Pablo Castorina, así como el nacimiento de Gabriel Castorina como hijo de Juan Pablo. Asimismo, consta acreditado el fallecimiento de Juan Pablo Castorina ocurrido el 24 de octubre de 2019. El Tribunal verificó que se cumplieron los requisitos formales previstos en el artículo 734 inciso 2do. del Código Procesal Civil y Comercial, habiéndose efectuado la publicación de edictos ordenada y encontrándose vencido el plazo resultante de tal publicación. Se adjuntaron también los oficios debidamente informados por el Registro de Juicios Universales y Registro de Testamentos. En virtud de lo dispuesto en los artículos 2.426 y 2.433 del Código Civil y Comercial de la Nación y artículos 735 y 737 del Código Procesal Civil y Comercial, el Tribunal accedió a la declaratoria de herederos solicitada, con la precisión de que el cónyuge Carlos Luis Castorina hereda únicamente en cuanto a los bienes propios de la causante, sin perjuicio de los derechos que la ley le otorga sobre los gananciales.

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