GRAFFIGNA MAURO LEONEL C/ BUENO FLORES FLAVIA ADRIANA S/ COBRO EJECUTIVO
El actor promovió demanda por cobro ejecutivo de un pagaré vencido el 16 de enero de 2020 por capital de $40.000. El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución contra la demandada, limitando los intereses a una vez y media la tasa de descuento del Banco de la Provincia de Buenos Aires.
Quién demanda: Graffigna Mauro Leonel
¿A quién se demanda?
Bueno Flores Flavia Adriana
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro ejecutivo de un pagaré con capital de $40.000 más intereses, vencido el 16 de enero de 2020, con cláusula "sin protesto".
¿Qué se resolvió?
El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución hasta que la demandada efectúe íntegro pago del capital reclamado de $40.000 más los intereses pactados, con la limitación establecida respecto de los intereses. Se condenó al vencido al pago de costas. Fundamentos principales de la decisión: "Que no habiendo la parte accionada BUENO FLORES FLAVIA ADRIANA opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, según informa el actuario en este acto, conforme surge del mandamiento de intimación de pago glosado en autos en fecha 7/2/2024, diligenciado en el domicilio de la demandada, se le da por perdido el derecho que tenía para ejercer (arts. 116 y 155 C.P.C.)." "Cuando se ejecuta un pagaré con vencimiento convenido a fecha determinada y cláusula 'sin protesto', la mora queda configurada por el solo cumplimiento del plazo fijado y desde dicha fecha se adeudan los intereses (art. 52 dec. ley 5965/63) pues se presume que el acreedor lo ha presentado temporáneamente y quien afirma dicha inobservancia, debe asumir la prueba en contrario." "En cuanto a los intereses peticionados, conforme los que surgen del pagaré adjunto, corresponde se apliquen los allí establecidos pero a fin de no sobrepasar los limites impuestos por la moral y buenas costumbres (art. 12, 279, 794, 958, 1004 del Código Civil y Comercial), la suma de los mismos no podrá superar una vez y media la tasa que percibió el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones de descuento a treinta días en los distintos períodos transcurridos desde la fecha de la mora y los que perciba en el futuro hasta el momento del efectivo pago."
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