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PESCATORE SERAFINA S/ SUCESION AB-INTESTATO

Declaratoria de herederos en sucesión ab-intestato de Serafina Pescatore. El Tribunal declaró herederos universales a la hija supérstite y a los nietos en línea de representación de los hijos premuertos, conforme a las normas sucesorias del Código Civil y Comercial.

Sucesion ab-intestato Declaratoria de herederos Herederos universales Representacion hereditaria Linea recta descendente Premorir Codigo civil y comercial Edicto de ley Identidad de personas

Quién demanda: Dra. Espinelli Patricia María Graciela, en representación de la sucesión ab-intestato.

¿A quién se demanda?

No corresponde (procedimiento sucesorio).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Declaratoria de herederos en la sucesión ab-intestato de Serafina Pescatore, fallecida el 15/07/2021, determinando quiénes son los herederos universales conforme a la ley.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal declaró que "en cuanto hubiere lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de Serafina PESCATORE le suceden en carácter de universal heredera su hija Maria RADDI y sus nietos Gabriela Alejandra RADDI; en representación de su padre premuerto Carmelo Raddi y Diego Ariel RADDI y Martin Leonardo RADDI en representación de su padre premuerto Giuseppe Raddi." Fundamentos principales de la decisión: El Tribunal realizó un análisis de la documentación adjunta, estableciendo los siguientes hechos: 1. Acreditó el fallecimiento de Serafina Pescatore mediante certificado de defunción del 15/07/2021, siendo viuda a su fallecimiento (su marido Salvatore Raddi falleció el 02/01/1992). 2. Verificó la existencia de tres hijos de la causante: Carmelo Raddi (fallecido el 03/12/2010, dejando dos hijos: Gabriela Alejandra y Fernando Daniel, quien prefalleció el 03/02/1991), Giuseppe Raddi (fallecido el 06/02/2017, dejando dos hijos: Martín Leonardo y Diego Ariel) y María Raddi (viva al momento de la sentencia). 3. Realizó la constatación del edicto de ley conforme al art. 734 inc. 2° del CPCC, publicado el 04/07/2024, con resultado negativo de terceros con derechos. El Tribunal aplicó las disposiciones de los arts. 2337, 2424, 2426, 2427, 2428 y 2429 del Código Civil y Comercial de la Nación, así como los arts. 735 y 737 del CPCC, determinando la sucesión conforme a los principios de línea recta descendente y representación hereditaria. Adicionalmente, el Tribunal declaró la identidad entre José Raddi y Giuseppe Raddi (tratándose de una misma persona), y entre Salvador Raddi y Salvatore Raddi, resolviendo cuestiones de homologación de nombres a los efectos del sucesorio.

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