MIGUELES JULIO OSCAR S/ SUCESION AB-INTESTATO
Sucesión ab-intestato de Julio Oscar Migueles. El Tribunal declaró a Bersabe Jenks como universal heredera del causante, por ser su cónyuge supérstite y en ausencia de descendientes y ascendientes.
Quién demanda: Bersabe Jenks (cónyuge supérstite del causante).
¿A quién se demanda?
Sucesión ab-intestato de Julio Oscar Migueles.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Declaración de heredera universal en la sucesión ab-intestato del Sr. Julio Oscar Migueles (DNI 5083490), fallecido el 22 de abril de 2020.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal hizo lugar a la demanda y declaró a Bersabe Jenks como universal heredera del causante. Asimismo, resolvió un incidente previo sobre la identidad del difunto, constatando que "JULIO OSCAR MIGUELES" y/o "JULIO OSCAR MIGUELEZ
- DNI 5083490 -" son una misma y única persona.
Fundamentos principales de la decisión:
El Tribunal consideró que se acreditaron todos los requisitos legales para la declaración de heredera. En primer lugar, resolvió favorablemente el auto de identidad del caso conforme al artículo 384 del CPCC, dejando establecido que ambas variantes del nombre corresponden a la misma persona. Respecto de la sucesión, el Tribunal afirmó: "Que con el certificado adjunto en la presentación electrónica de fecha 16-09-2025 se acredita el fallecimiento del Sr. JULIO OSCAR MIGUELES
- DNI 5083490
- ocurrido el día 22 de abril del año 2020" y "Que el causante contrajo matrimonio con BERSABE JENKS
- DNI F6426087
- en fecha 02/12/1971".
Asimismo, constató que "esa unión no tuvo descendientes. Asimismo, de acuerdo a las constancias de autos, los ascendientes del causante se encuentran fallecidos." El Tribunal verificó el cumplimiento de los trámites legales: "Que con los diarios y recibos acompañados en autos consta haberse efectuado la publicación de edictos que prescribe el artículo 734 inciso 2 del CPCC" y "Que se encuentran agregadas a estas actuaciones el oficio de respuesta del Registro de Testamentos del Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires y el certificado negativo de beneficio emitido por el IPS."
La sentencia concluyó: "Por ello, de conformidad con lo pedido; lo dictaminado por el Ministerio Fiscal; lo dispuesto por los artículos 2424, 2426 y 2433 del Código Civil y Comercial de la Nación y los artículos 735, 737 del CPCC se declara en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por el fallecimiento de JULIO OSCAR MIGUELES
- DNI 5083490
- le sucede en carácter de universal heredera su cónyuge supérstite: BERSABE JENKS
- DNI F6426087-."
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