GRANEROS JOSE RAMON ARNALDO C/ METROPOL SOCIEDAD DE SEGUROS MUTUOS Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS EXTRACONTRACTUAL (EXC. AUTOM./ESTADO)
Aclaratoria de sentencia en demanda por daños y perjuicios extracontractual. El tribunal aclaró referencias normativas y excluyó párrafo del fallo conforme lo dispuesto en el artículo 36 inciso 3º del Código Procesal Civil y Comercial.
Quién demanda: Graneros José Ramón Arnaldo
¿A quién se demanda?
Metropol Sociedad de Seguros Mutuos y otros
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Daños y perjuicios extracontractual por exceso automóvil/estado
¿Qué se resolvió?
El tribunal hizo lugar a la aclaratoria presentada por la Dra. Fravega María José. Se aclaró e integró la sentencia de fecha 16 de junio de 2026 en dos aspectos: (i) se corrigió la referencia al Considerando VI en lugar del Considerando VII respecto a la imposición de costas; (ii) se excluyó el párrafo que hacía referencia a la parte actora y al tercero citado al proceso Sr. Garros y la empresa aseguradora Seguros Bernardino Rivadavia Cooperativa Limitada. Fundamentos principales de la decisión: El tribunal, analizando lo expuesto en el escrito de aclaratoria y considerando que lo solicitado era exacto, procedió a aclarar e integrar la sentencia de primera instancia dictada con fecha 16 de junio de 2026. La aclaratoria se basó en el artículo 36 inciso 3º del Código Procesal Civil y Comercial, norma que faculta la aclaración de sentencias cuando existen errores materiales o inconsistencias en las referencias normativas o párrafos que requieren corrección. Se procedió tanto a la corrección de la referencia al Considerando (VI en lugar de VII) como a la exclusión de párrafo conforme los alcances establecidos en la norma procesal citada.
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