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FERREYRA MARCELA ALEJANDRA C/ MERCADO AMILCAR DANIEL S/ INCIDENTE DE ALIMENTOS

La demandada apeló la sentencia que la condenó al pago de cuota alimentaria equivalente a 1.5 unidades de referencia del índice de Crianza del INDEC. La Cámara declaró desierto el recurso por insuficiencia en la expresión de agravios y confirmó la sentencia de primera instancia.

Recurso de apelacion Incidente de alimentos Expresion de agravios insuficiente Cuota alimentaria Indice de crianza indec Menores Desercion procesal Costas de alzada Obligacion alimentaria

Quién demanda: MAF en representación de sus hijos menores BVM y RMM

¿A quién se demanda?

ADM

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Fijación de cuota alimentaria para los menores

¿Qué se resolvió?

La Cámara de Apelación declaró desierto el recurso de apelación interpuesto por la demandada, confirmando así la sentencia de primera instancia que condenó al demandado al pago de una cuota alimentaria mensual equivalente a 1.5 unidades de referencia establecida según el índice de Crianza que publica el INDEC, según franja etaria, pagadera del 1 al 10 de cada mes mediante depósito en la cuenta bancaria de la actora. Las costas de alzada fueron impuestas a la apelante. Fundamentos principales de la decisión: La Cámara estableció que "la expresión de agravios debe ser una exposición jurídica en la que, a través de un análisis razonado y crítico de la sentencia apelada, se demuestre su injusticia", requiriendo "una articulación seria, fundada, concreta y objetiva de los errores del pronunciamiento, poniendo de relieve los motivos para considerar que éste es erróneo". Respecto de la admisibilidad del recurso, la Cámara señaló: "la expresión de agravios traída a consideración de este Tribunal por la demandada resulta a todas luces insuficientes, pues se limita a una desprovista queja contra el decisorio y desatiende por completo las razones citadas en la sentencia, encuadrando en los límites de la deserción". Agregó que "Frústrase su objeto si
- como ocurre en el particular
- el aludido escrito no ataca en modo alguno los fundamentos vertidos por el Juez en apoyo de la resolución recurrida y sólo contienen manifestaciones carentes de toda crítica de la misma". Finalmente, la Cámara concluyó: "la demandada no ataca los fundamentos del fallo cuestionado, sino que pretende se deje sin efecto la cuota de alimentos establecida o se proceda a su reducción, y la imposición de las costas por su orden, con el sólo argumento que no va a poder afrontar con sus ingresos la cuota fijada", calificando esto como "una mera discrepancia subjetiva que se desentiende de las razones que la estructuran".

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