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VAZQUEZ KARINA ELIZABETH C/ INCICCO NESTOR S/ DESPIDO

Se promueve incidente de homologación de transacción en demanda por despido entre trabajadora y empleador. El Tribunal del Trabajo homologa la transacción celebrada por las partes al estar dotada de voluntad libre y no contravenir normas de orden público, dando por finalizado el proceso.

Homologacion de transaccion Despido Acuerdo conciliatorio Voluntad libre de las partes Orden publico Terminacion de proceso Regulacion de honorarios Costas Transaccion laboral

Quién demanda: Karina Elizabeth Vázquez

¿A quién se demanda?

Néstor Incicco

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Homologación de la transacción celebrada entre las partes en audiencia de fecha 1/6/26, mediante la cual acuerdan dar por terminado el proceso de despido.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal resolvió hacer lugar a la homologación de la transacción celebrada por las partes, dando por finalizado el juicio en los términos convenidos. Fundamentos principales de la decisión: "La citada transacción ha sido celebrada por las partes plenamente capaces, en ejercicio de su voluntad expresada libremente, no teniendo la misma a la vez por objeto un título nulo ni contraria leyes de orden público (arts. 12 y 15 ley 20744, 308 del CPCC.) y 'se ha alcanzado en la misma una justa composición de los derechos e intereses de las partes'". "Asimismo y teniendo en cuenta que la homologación es la confirmación que da el Juez a ciertos actos y convenciones para hacerlas así más 'firmes', 'ejecutivas', 'solemnes', entiendo que corresponde homologar la transacción celebrada por las partes y por medio de la cual dan por terminado el presente juicio, en la forma y condiciones que lo han estipulado y que documenta el ACTA DE AUDIENCIA DE FECHA 1/6/26 cuyas cláusulas se deben tener por reproducidas." El Tribunal impone las costas a la demandada, regula honorarios de letrados en 50,25 Jus cada uno más los porcentajes legales e IVA, y honorarios del perito contador en la suma de $625.000 con el 10% adicional. Se establecen precisas instrucciones para la efectivización de pagos mediante transferencia bancaria, requiriendo que la actora denuncie su cuenta bancaria y que cada operación sea justificada en el expediente dentro de los cinco días de cumplida.

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