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VEGA OLGA HORTENCIA S/ SUCESION AB-INTESTATO

Se declaró herederos universales a los hijos y cónyuge de la causante Vega Olga Hortencia, fallecida el 20 de junio de 2024. El Tribunal hizo lugar a la solicitud de declaratoria de herederos conforme los artículos 2424, 2426 y 2433 del Código Civil y Comercial.

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Quién demanda: Los herederos forzosos de Vega Olga Hortencia: su cónyuge Delgado Paulo Maximino y sus hijos Delgado Camila Johanna y Delgado Paula Jacqueline.

¿A quién se demanda?

A la sucesión de Vega Olga Hortencia.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Declaratoria de herederos ab-intestato por fallecimiento de la causante Vega Olga Hortencia ocurrido el 20 de junio de 2024.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal declaró en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de Vega Olga Hortencia le suceden en carácter de universales herederos sus hijos Delgado Camila Johanna y Delgado Paula Jacqueline, y su cónyuge Delgado Paulo Maximino, a quien también se le declara heredar en cuanto a los bienes propios si los hubiere, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda con respecto a los gananciales. Fundamentos principales de la decisión: El Tribunal consideró acreditado el fallecimiento de Vega Olga Hortencia mediante certificado de defunción del 20 de junio de 2024. Asimismo, constató que la causante había contraído matrimonio con Delgado Paulo Maximino el 20 de julio de 1995 y que de dicha unión nacieron sus hijas Delgado Camila Johanna y Delgado Paula Jacqueline. Se verificó el cumplimiento de la publicación de edictos conforme lo prescrito por el artículo 734, inciso 2 del Código Procesal Civil y Comercial, resultando negativo el llamado a terceros con derechos sucesorios. La resolución se fundamentó en lo dispuesto por los artículos 2424, 2426 y 2433 del Código Civil y Comercial de la Nación, que regulan la sucesión ab-intestato y los derechos de los herederos forzosos. El Tribunal también ordenó la inscripción de la declaratoria de herederos en el Registro de la Propiedad Automotor respecto del bien identificado (50% automotor Dominio AA348BK, modelo 2016, Fiat Sedan Grand Siena Essence), previo cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley 6716 y presentación de declaración jurada, así como el pago del impuesto a la transmisión gratuita de bienes conforme a los artículos 183 de la ley 13688 según ley 14044 y 14200.

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