COMPAÑIA FINANCIERA ARGENTINA S.A. C/ LEON LEANDRO RUDI Y OTROS S/ EJECUTIVO
Se decretó la caducidad de instancia en proceso ejecutivo promovido por Compañía Financiera Argentina S.A. contra León Leandro Rudi y otros. El Tribunal hizo lugar al incidente por inactividad procesal de más de tres meses desde la última actuación que impulsó el proceso.
Quién demanda: Compañía Financiera Argentina S.A.
¿A quién se demanda?
León Leandro Rudi y otros
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se trata de un proceso ejecutivo cuya instancia fue objeto de caducidad por inactividad procesal.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal decretó la caducidad de la instancia en las presentes actuaciones e impuso las costas a la parte actora en su calidad de vencida, diferiendo la regulación de honorarios para una vez firme el presente decisorio. Fundamentos principales de la decisión: El Tribunal fundamentó su decisión en los siguientes términos: "Es menester recordar que la caducidad de instancia es un instituto procesal de orden público, cuyo fundamento objetivo es la inactividad por un tiempo determinado de los litigantes, quienes ante el desinterés demostrado tienen su sanción. Ello estriba en la necesidad de evitar la duración indefinida de los procesos judicales atentatoria a los valores jurídicos de paz y seguridad a cuya vigencia apunta su recepción normativa." El Tribunal constató que desde la última actuación que impulsó el proceso (19/02/2020) hasta la actualidad transcurrió un plazo superior a los tres meses previstos por el art. 310 inc. 3° del C.P.C.C., lo que configura causal de caducidad. Asimismo, citó jurisprudencia que señala: "La ley 13.986 incorporó el supuesto de caducidad por reincidencia en la omisión de impulsar la instancia. Si quien fue requerido a pronunciarse sobre el interés en el proceso y a materializar un acto de impulso luego lo abandonare por idéntico período podrá sufrir una caducidad en su contra a pedido de parte o decidida de oficio por el Juez."
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