COSTENLA GISELA ROMINA C/ METROPOL SOCIEDAD DE SEGUROS MUTUOS S/ INCIDENTE DE EJECUCION DE HONORARIOS
Se aclaró sentencia de ejecución de honorarios por error material involuntario. El Tribunal rectificó el monto reclamado expresándolo en Jus en lugar de pesos, conforme al artículo 166 inciso 2° del CPCC.
Quién demanda: Dra. Costenla Gisela Romina (letrada en causa propia)
¿A quién se demanda?
Metropol Sociedad de Seguros Mutuos
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución de honorarios por la suma que originalmente se expresaba en pesos, cuya corrección fue necesaria por error material involuntario.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal hizo lugar a la aclaración solicitada, rectificando la resolución de fecha 09/06/2026. Se corrigió el monto del capital reclamado que originalmente se expresaba como "$152.872,50.
- (Pesos ciento cincuenta y dos mil ochocientos setenta y dos con cincuenta centavos)" por su equivalente en "3 Jus".
Fundamentos principales de la decisión:
"De conformidad con lo solicitado y habiéndose incurrido en error material involuntario en la resolución de fecha 09/06/2026, conforme lo prescripto por el art.166 inc.2° del CPCC aclárase la misma en el sentido que donde se lee '...por el cobro de la suma de $152.872,50.
- (Pesos ciento cincuenta y dos mil ochocientos setenta y dos con cincuenta centavos)...' y '...haga al acreedor íntegro pago del capital reclamado de $152.872,50.
- (Pesos ciento cincuenta y dos mil ochocientos setenta y dos con cincuenta centavos)...' debe leerse '...por el cobro de la suma equivalente a 3 Jus...' y '...haga al acreedor íntegro pago del capital reclamado de 3 Jus...'."
La rectificación se fundamenta en la existencia de un error material involuntario que justifica la aclaración conforme a las disposiciones del Código Procesal Civil y Comercial.
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