Logo

E. T. E. (RP) S/ QUEJA

Recurso de queja contra el rechazo de un recurso de casación interpuesto para obtener el ingreso al régimen abierto de cumplimiento de pena. El Tribunal de Casación Penal rechazó la queja por considerar que la confirmación de la denegatoria por ambas instancias satisface la garantía de doble instancia y excluye la procedencia del recurso de casación.

Recurso de queja Casacion penal Regimen abierto Ejecucion de pena Libertad personal Doble instancia Progresividad penal Resocializacion Arbitrariedad Cuestion federal

¿Qué se resolvió en el fallo?

Quién demanda (Actor): E. T. E., condenado representado por el Defensor Oficial Dr. Daniel Ignacio María Arias Duval. A quién se demanda (Demandado): Sala II de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial Dolores. Qué se reclama (Objeto de la demanda): Que se revoque la decisión que confirmó la denegatoria de inclusión del penado en el Régimen Abierto, argumentando que: (a) la Cámara se apartó arbitrariamente del dictamen favorable del Departamento Técnico Criminológico; (b) se vulneró el sistema de progresividad y resocialización; (c) la decisión careció de razonabilidad y vulneró principios de jerarquía constitucional y convencional vinculados al fin resocializador de la pena; (d) se desatendieron los planteos de la defensa apoyándose exclusivamente en aspectos desfavorables del informe psicológico de manera fragmentaria y descontextualizada. Qué se resolvió (Decisión del tribunal): Se declaró formalmente admisible la queja pero se la declaró IMPROCEDENTE en cuanto al fondo, rechazando el recurso de casación que había sido interpuesto. Se confirmó la decisión de la Cámara de Apelación que denegó el ingreso al régimen abierto. Fundamentos principales de la decisión: El Tribunal de Casación Penal, en voto unánime (Mancini adhiere Budiño), fundamentó su decisión en los siguientes aspectos: "Cabe recordar que las decisiones en materia de libertad personal que se puedan dictar a lo largo del proceso, tienen previsto el recurso de apelación (arts. 164, 174 y 188, CPP), al igual que las incidencias suscitadas en la etapa de ejecución (art. 498, CPP). El derecho del imputado al recurso, por consiguiente, en todos estos casos ya se encontraría plenamente satisfecho a través del recurso de apelación, sin facultad de acudir ante el Tribunal de Casación." El tribunal estableció que existe una única excepción al principio anterior: "los supuestos en que la Cámara de Apelación y Garantías resuelve denegar por primera vez la libertad del imputado, para los cuales la parte final del art. 450 del CPP establece, que 'también podrá deducirse [el recurso de casación] respecto de los autos dictados por la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal cuando deniegue la libertad personal, incluso en la etapa de ejecución'." Respecto de la aplicación al caso concreto, el tribunal sostuvo: "Las situaciones en las que dicha negativa constituyó la confirmación de una medida dispuesta en la instancia originaria, quedan en principio excluidas del recurso de casación, salvo situaciones de excepción, pues el derecho del imputado al recurso habría quedado satisfecho; y ello es lo que ocurrió en autos. En efecto, nos encontramos ante un supuesto en el que las dos instancias anteriores han resuelto en el mismo sentido y de ese modo se ha asegurado la garantía de la doble instancia, como así también la del doble conforme, consagradas en los arts. 8.2 CADH, y 14.5 PIDCP." Finalmente, el tribunal desestimó los agravios constitucionales invocados, señalando: "la sola referencia de estos extremos, expuesta como un mero disenso con la decisión recurrida, aun cuando haya sido presentada como avalada por opiniones de la jurisprudencia citada en la impugnación, pero sin mayores desarrollos tendientes a evidenciar -en este caso concreto
- cuál sería la afectación constitucional que habría producido la decisión en crisis, no alcanza para superar las limitaciones formales establecidas para este supuesto."

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar