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.................... S/ QUEJA

Recurso de queja contra resolución que declaró inadmisible la apelación del cómputo de pena. El Tribunal de Casación Penal rechazó por improcedente la queja, considerando que los agravios carecían de suficiente sustrato material y federal.

Recurso de queja Computo de pena Inadmisibilidad de apelacion Agravio federal insuficiente Debido proceso Tribunal de casacion penal Defensa oficial Falta de sustrato material Improcedencia

Quién demanda: Defensora Oficial en representación de Florencia Daiana Maldonado y Ulises Sebastián Cardozo Vedoya.

¿A quién se demanda?

Contra la decisión de la Sala I de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial Morón, que declaró inadmisible el recurso de apelación contra la resolución del Tribunal en lo Criminal N° 5, que aprobó el cómputo de pena.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Admisibilidad del recurso de queja deducido contra la declaración de inadmisibilidad de la apelación respecto del cómputo de pena practicado. La defensa argumentaba que la resolución de la Cámara resultaba equiparable a sentencia definitiva por causar un perjuicio de imposible reparación ulterior, invocando violación y errónea aplicación del debido proceso legal.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal de Casación Penal rechazó por improcedente la queja deducida, con costas. Fundamentos principales de la decisión: "Liminarmente corresponde señalar que, teniendo en cuenta lo actuado, no se advierte la existencia de un agravio atendible frente a la resolución de los Magistrados de la Cámara que rechazaron el planteo de la defensa, en estos términos: '[...] No existiendo crítica concreta, motivada y suficiente que habilite la apertura de esta instancia revisora, ni una indicación del gravamen que la decisión le causa; y tampoco advertirse del cómputo de pena circunstancias que lleven a mejorar la situación del condenado (art. 435 del CPP), propongo declarar inadmisible el recurso de apelación interpuesto'." "Luego, advirtiéndose que los agravios expresados por la defensa oficial, en esta oportunidad, son básicamente los mismos utilizados al momento de interponer el recurso de apelación, dicha circunstancia robustece la improcedencia del remedio intentado." "Desde este enfoque, no se advierte ni el sustrato material ni la acreditación de un agravio federal suficiente, que permita torcer el decisorio del Tribunal en lo Criminal N° 5 local, que aprobó el cómputo de pena efectuado por Secretaría, desconociéndose cuáles son los extremos en que se apoya la refutación, dado que la defensa no los ha dejado traslucir."

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