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SALATINO, LORENA MARISA C/ROSA, ALAN EZEQUIEL S/DESPIDO

La actora promovió demanda por despido contra el demandado. El Tribunal homologó el acuerdo conciliatorio de $2.000.000 pactado entre las partes, ordenando su pago en cuatro cuotas mensuales e imponiendo costas a cargo de la demandada.

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Quién demanda: SALATINO, LORENA MARISA

¿A quién se demanda?

ROSA, ALAN EZEQUIEL

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Demanda por despido

¿Qué se resolvió?

El Tribunal homologó el acuerdo conciliatorio celebrado entre las partes de fecha 24/04/26, por la suma de PESOS DOS MILLONES ($2.000.000), estableciendo las condiciones de pago y ordenando la liquidación de costas a cargo de la demandada. Fundamentos principales de la decisión: El juez Traverso, cuyo voto fue compartido por la mayoría del Tribunal, sostuvo: "Las partes de común acuerdo han llegado a una conciliación en la presente causa, de la que instruye la presentación electrónica de fecha 24/04/26. No existe a mi juicio, impedimento legal para que se dicte sentencia homologando la conciliación mencionada que pone fin al pleito y en la forma dispuesta por el art. 15 de la Ley 20.744 y 309 del C.P.C.C., de modo que las partes tengan a su favor una declaración de certeza y gocen de los beneficios de la cosa juzgada, sobre todo cuando se trata de derechos litigiosos y se ha arribado a una justa composición de los mismos." La demandada, sin reconocer hechos ni derechos y al solo efecto conciliatorio, se allana al pago mediante depósito en cuenta bancaria del actor en cuatro cuotas iguales y consecutivas de PESOS CUATROCIENTOS MIL ($400.000) cada una: la primera a las 48 horas de notificada; la segunda el 26/06/26; la tercera el 26/07/26 y la cuarta el 26/08/26. Se homologó asimismo lo convenido respecto de la mora y caducidad automática de plazos en caso de incumplimiento, devengándose sanción equivalente a una vez y media la tasa activa promedio del Banco de la Provincia de Buenos Aires en operaciones a treinta días en pesos. Se regularon honorarios: Dr. ANIBAL GUILLERMO ERAÑA (actora) en PESOS CUATROCIENTOS MIL ($400.000), equivalentes a 8,04 JUS; Dra. SAMANTA NOELIA CARRONE (demandada) en igual suma, más 10% Ley 8455 e IVA correspondiente (21% de los honorarios regulados). Se eximió a las partes del pago de tasa de justicia.

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