ALBORNOS LUIS JUVENAL C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
El actor promovió demanda por accidente de trabajo contra la aseguradora de riesgos laborales. El Tribunal homologó el acuerdo transaccional presentado por las partes, reconociendo que concurren los requisitos legales para su validez y constituye una justa composición de los derechos e intereses en controversia.
Quién demanda: Albornos Luis Juvenal
¿A quién se demanda?
Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Prestaciones derivadas de un accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
El Tribunal homologó el acuerdo transaccional presentado por las partes a fs. 48-50, conforme lo establecido en el artículo 15 de la Ley de Contrato de Trabajo. Se impusieron las costas a la demandada y se regularon los honorarios de los profesionales intervinientes. Fundamentos principales de la decisión: "En el acuerdo transaccional al que arriban las partes para poner fin al pleito, concurren los requisitos exigidos por la ley para su validez y constituye una justa composición de los derechos e intereses de las mismas, conforme se los planteara en la controversia sometida a decisión del Tribunal y al estado actual de las presentes actuaciones. Consecuentemente, correspondería homologar el mismo (art. 15 L.C.T.) regulando los honorarios de los profesionales intervinientes e imponiendo las costas a la parte demandada." Los tres magistrados votaron por análogas consideraciones, llegando a un pronunciamiento unánime respecto de la homologación del acuerdo transaccional. El Tribunal dispuso que la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) demandada deberá depositar todas las prestaciones dinerarias e indemnizaciones en la "cuenta sueldo" del trabajador, conforme lo establecido por la ley 27.348, artículo 17. Se regularon honorarios a los profesionales: Dr. Di Tonto Bruno Nicolás en la suma de $154.280 (3,10 JUS); Dr. Rossi Daniel Alberto en la suma de $308.550 (6,20 JUS); Dr. Capolupo Hernán José Miguel en la suma de $348.250 (7 JUS), más el 10% e IVA si correspondiere. Se regularon también honorarios a los peritos médico Luciano Daniel Grillo y contador Carlos Alberto Oriolo en la suma de $149.250 cada uno, con más las respectivas adiciones legales.
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