FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ AGROCIAM S.A. S/ APREMIO PROVINCIAL
El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió proceso de apremio contra AGROCIAM S.A. por cobro de deuda fiscal. El Tribunal hizo lugar a la ejecución y ordenó el remate de bienes embargados hasta obtener el pago íntegro de la acreencia.
Quién demanda: Fisco de la Provincia de Buenos Aires
¿A quién se demanda?
AGROCIAM S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de acreencia fiscal por la suma de PESOS TREINTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y OCHO CON 40/100 ($ 32.838,40), derivada de obligaciones tributarias.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal hizo lugar a la demanda de apremio y mandó llevar adelante la ejecución hasta tanto la demandada AGROCIAM S.A. hiciera íntegro pago al accionante del capital reclamado. Fundamentos principales de la decisión: "No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 7, 10, 25 y concs. de la ley 13.406; 116 y 155 del CPCC)." "Se deja constancia asimismo que la parte ejecutada en el presente proceso de apremio fue intimada de pago en el domicilio oportunamente denunciado, según consta en el respectivo mandamiento de intimación de pago y embargo agregado en autos." El Tribunal consideró que la demandada fue debidamente notificada mediante mandamiento de intimación de pago y embargo, y al no oponer excepciones legítimas dentro del plazo legal establecido, perdió el derecho de hacerlo. Por tal motivo, procedió al mantenimiento de la ejecución, ordenando llevar adelante el remate de los bienes embargados. Al capital reclamado se le aplicarán intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (texto según resolución M.E. nº 39/2.011) desde la interposición de la demanda y hasta su efectivo pago. Las costas fueron impuestas a la vencida, diferiendo la regulación de honorarios para su oportunidad.
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