SPAGNOLO MARIA ANTONIA S/ SUCESION AB-INTESTATO
Se declara la sucesión ab-intestato de Maria Antonia Spagnolo fallecida el 16 de enero de 2021. El tribunal reconoce como herederos a sus tres hijos: Gabriela Liliana Marinchevich, Alejandro Agustín Marinchevich y María Fernanda Marinchevich, conforme a las normas de sucesión legítima.
Quién demanda: Herederos de Maria Antonia Spagnolo, representados por el Dr. Garaguso.
¿A quién se demanda?
No hay demandado en sentido propio; es un procedimiento sucesorio ab-intestato.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se solicita la declaratoria de herederos de Maria Antonia Spagnolo (DNI N° 3.950.670) fallecida el 16 de enero de 2021 en Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires.
¿Qué se resolvió?
El tribunal declara que le suceden en carácter de herederos los tres hijos de la causante: Gabriela Liliana Marinchevich, Alejandro Agustín Marinchevich y María Fernanda Marinchevich. Fundamentos principales de la decisión: "De conformidad con lo pedido, lo dictaminado por el Ministerio Fiscal y lo dispuesto en los arts. 2424 y 2426 del Código Civil y Comercial de la Nación y arts. 735, 737 y concordantes del C.P.C. DECLARO: Que en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio del derecho de terceros, por fallecimiento de Maria Antonia Spagnolo (DNI N° 3.950.670) le suceden en cahácter de herederos sus hijos Gabriela Liliana Marinchevich Alejandro Agustín Marinchevich y María Fernanda Marinchevich." El tribunal acreditó: (a) el fallecimiento de la causante mediante certificado de fecha 01-04-2026; (b) su estado civil de casada con Victor Geotze Martinchevich (fallecido el 30-05-1980); (c) el nacimiento de los tres hijos del matrimonio; (d) la publicación de edictos conforme al art. 734 inciso 2° del C.P.C. y 2340 del C.C.y C.; (e) el vencimiento del plazo de publicación; y (f) los oficios debidamente informados por el Registro de Juicios Universales, Registro de Testamentos e IPS. En virtud de la ausencia de testamento y habiendo agotado los trámites legales requeridos, procede la declaratoria de herederos conforme a las normas de sucesión legítima.
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