Logo

BANCO SANTANDER ARGENTINA S.A. C/ PEREZ MAURO ALBERTO S/ COBRO EJECUTIVO

Banco Santander Argentina S.A. promovió cobro ejecutivo de saldo deudor en cuenta corriente contra Mauro Alberto Pérez. El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución por capital de $47.869.948,55 más intereses y costas, por cuanto el demandado no opuso excepciones legítimas dentro del plazo legal.

Cobro ejecutivo Saldo deudor Cuenta corriente bancaria Relacion de consumo Via ejecutiva Falta de oposicion de excepciones Mora Intereses moratorios Costas procesales Certificado de saldo deudor.

Quién demanda: Banco Santander Argentina S.A.

¿A quién se demanda?

Mauro Alberto Pérez

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro ejecutivo del saldo deudor de cuenta corriente bancaria por la suma de $47.869.948,55.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal mandó llevar adelante la ejecución por el capital reclamado de PESOS CUARENTA Y SIETE MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y OCHO CON CINCUENTA Y CINCO CENTAVOS ($47.869.948,55), con más sus intereses y costas, toda vez que el demandado no opuso excepciones legítimas dentro del plazo legal vencido. Fundamentos principales de la decisión: "Puntualízase liminarmente que, en concordancia con lo dictaminado por la Sra. Agente Fiscal a fs. 5, a los presentes autos corresponde encuadrarlos como una relación de consumo, desde que la actuación de la entidad bancaria actora otorgando una cuenta corriente al demandado -persona física
- y su posterior reclamo del saldo deudor conforme surge de estos obrados, encajan en las disposiciones expresas de los arts. 1, 3 y concs. ley 24.240 texto según ley 26.361." "Júzgase que no corresponde la sumarización de estos obrados, sino que los mismos continuarán su trámite por la vía ejecutiva, desde que -además de no verificarse un préstamo de dinero subyacente como dimana del art. 36 ley 24.240 cit.
- el saldo deudor en cuenta corriente bancaria tiene expresamente prevista la aludida vía ejecutiva conforme lo normado en el art. 1406 del Cód. Civil y Comercial de la Nación texto según ley 26.994 -norma esta que resulta posterior tanto a la precitada ley 24.240 como a su modificatoria 26.361-." "No habiendo el demandado MAURO ALBERTO PEREZ opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido (ver mandamiento de intimación de pago de fs. 17), dásele por perdido el derecho dejado de usar (arts. 116, 155, 540, 549 del C.P.C.C.). Ahora bien, atento el análisis del título base de la ejecución que el Infrascripto debe realizar tanto en la oportunidad de disponer el libramiento del mandamiento de intimación de pago como así también con carácter previo al dictado de la sentencia de trance y remate, júzgase que en esta instancia corresponde dejar establecido que la presente demanda ejecutiva de cobro de saldo deudor de cuenta corriente prosperará por el monto íntegro en concepto de capital de $47.869.948,55 que surge del certificado adjuntado en formato '.pdf' con el escrito de fs. 1 emanado de dos gerentes de la entidad bancaria actora que lo expide, habiéndose además anoticiando al ejecutado por carta documento, que si bien no se ha adjuntado el aviso de recibo respectivo no ha sido cuestionada en manera alguna por el demandado, cumpliendo de dicha forma con los requisitos formales exigidos por el art. 1406 del Cód. Civil y Comercial de la Nación ley 26.994." La mora se computó desde el 19/6/2025, fecha de expedición del certificado de saldo deudor donde se acreditó la comunicación por carta documento, no siendo computada la fecha de presentación ante correo (26/5/2025) por no ser la efectiva interpelación. Los intereses moratorios se liquidarán a la tasa corriente del Banco de la Provincia de Buenos Aires para operaciones descuento de documentos en pesos a treinta días, sin capitalización alguna.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar