BANCO CREDICOOP COOPERATIVO LIMITADO C/ IBARRA CECILIA AYELEN S/ COBRO EJECUTIVO
Banco Credicoop Cooperativo Limitado promovió cobro ejecutivo contra Cecilia Ayelen Ibarra por la suma de pesos un millón ochocientos mil. El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución al no mediar excepciones legítimas opuestas por la demandada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Quién demanda (Actor): Banco Credicoop Cooperativo Limitado (CUIT 30-57142135-2) A quién se demanda (Demandado): Cecilia Ayelen Ibarra (DNI 34.305.086) Qué se reclama (Objeto de la demanda): Cobro ejecutivo por capital de pesos un millón ochocientos mil ($1.800.000,00) Qué se resolvió (Decisión del tribunal): El Tribunal hizo lugar al cobro ejecutivo, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la demandada haga íntegro pago del capital reclamado más intereses, gastos, costos y costas de la ejecución. Fundamentos principales de la decisión: "Que no habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (art. 155 del C.P.C.)." "Por todo ello y lo normado por el art. 549 del C.P.C. FALLO: Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado CECILIA AYELEN IBARRA, DNI. 34.305.086, haga al acreedor BANCO CREDICOOP COOPERATIVO LIMITADO, CUIT 30-57142135-2, íntegro pago del capital reclamado de PESOS UN MILLON OCHOCIENTOS MIL ($ 1.800.000,00), con más intereses, gastos, costos y costas de la ejecución (arts. 68 y 556 del C.P.C.)." "Se aplicarán intereses desde la fecha de la mora y hasta el efectivo pago de conformidad con la tasa pactada (art 768 y 769 del CCyC). Sin perjuicio de la morigeración que pudiera corresponder conforme lo dispuesto por el art. 771 del CCyC en la oportunidad en que se practique la liquidación definitiva."
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