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L V H S/ DETERMINACION DE LA CAPACIDAD JURIDICA

Se restringió el ejercicio de la capacidad jurídica de Víctor Hugo Leiva por incapacidad sobreviniente. El Tribunal aclaró la sentencia dictada el 13 de febrero de 2026 para incluir correctamente el apellido del causante en la parte dispositiva.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

Quién demanda (Actor): Víctor Hugo Leiva (por acción de terceros interesados o de oficio) A quién se demanda (Demandado): Demanda dirigida a efectivizar la restricción de capacidad jurídica del causante Qué se reclama (Objeto de la demanda): Determinación y restricción del ejercicio de la capacidad jurídica de Víctor Hugo Leiva por incapacidad sobreviniente Qué se resolvió (Decisión del tribunal): El Tribunal hizo lugar al incidente de aclaración presentado por la Defensoría, confirmando la sentencia dictada el 13 de febrero de 2026 que restringió el ejercicio de la capacidad jurídica de Víctor Hugo Leiva, con la corrección de incluir el apellido completo en la parte dispositiva. Fundamentos principales de la decisión: "Asistiendo razón al Defensor Oficial en cuanto a que en el apartado 1ro. de la parte resolutiva de la sentencia dictada con fecha 13/02/2026 se omitió consignar el apellido del causante, corresponde en virtud de las facultades otorgadas por los arts. 36 inc. 3° y 166 inc. 1° del CPCC, aclarar el decisorio aludido en el sentido que donde se lee: '...RESUELVO: 1RO. RESTRINGIR EL EJERCICIO DE LA CAPACIDAD JURÍDICA DE VICTOR HUGO....' deberá leerse '...RESUELVO: 1RO. RESTRINGIR EL EJERCICIO DE LA CAPACIDAD JURÍDICA DE VICTOR HUGO LEIVA...'" El tribunal utilizó sus facultades de aclaración conforme a los artículos 36 inciso 3° y 166 inciso 1° del Código Procesal Civil y Comercial para subsanar el error material en que había incurrido la sentencia de primera instancia. La información de la Actuaria relevó que el causante se encontraba internado en Clínica Tachella desde el 28 de mayo a efectos de realizarle estudios médicos encomendados por un médico de Residencia de la Estancia S.A., y estaba pendiente la intervención de un médico psiquiatra de PAMI para extender certificado de incapacidad que permitiera su internación definitiva en la residencia.

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