Logo

DELEITE SERGIO EMANUEL C/ ARGOS COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS S.A. Y OTROS S/DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

El Tribunal homologó el acuerdo de liquidación y pago celebrado entre las partes en demanda por daños y perjuicios derivados de siniestro automotriz. Se regularon los honorarios profesionales y periciales conforme a las normas arancelarias aplicables.

Transaccion Homologacion Danos y perjuicios Siniestro automotriz Acuerdo de partes Regulacion de honorarios Cosa juzgada Derechos litigiosos Mediacion Pericia

Quién demanda: Deleite Sergio Emanuel

¿A quién se demanda?

Argos Compañía Argentina de Seguros S.A. y otros

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Daños y perjuicios por lesiones o muerte derivados de accidente automotriz (con exclusión del Estado)

¿Qué se resolvió?

El Tribunal homologó el convenio de transacción celebrado por las partes en fecha 27/05/2026, reguló los honorarios de los profesionales intervinientes y los honorarios periciales. Fundamentos principales de la decisión: "El artículo 308 del Código Procesal dispone que las partes podrán hacer valer la transacción del derecho en litigio, con la presentación del convenio o suscripción de acta ante el juez. Este se limitará a examinar la concurrencia de los requisitos exigidos por la ley para la validez de la transacción, y la homologará o no." "Cuando la transacción versare sobre derechos litigiosos no se la podrá hacer válidamente, sino presentándola al juez de la causa, firmada por los interesados (art.1643 . Cód. Civil y Comercial de la Nación Argentina ). Una vez homologada, la transacción tiene cualidad de cosa juzgada (art.1642 del Cód. Civ. y Com. de la Nac. Arg.) y función ejecutoria respecto de las prestaciones reconocidas." "Atento lo expuesto precedentemente, corresponde homologar el acuerdo al que han arribado las partes, debiendo continuar las actuaciones según su estado (Art.308 del Cód. Procesal)." Regulación de honorarios:
- Monto del acuerdo: $80.000.000 (Ochenta millones de pesos)
- Dra. Mónica Roxana Moya Sandoval (letrada patrocinante actora): 80 JUS arancelarios
- Dr. Emiliano Eduardo Avilas (letrado patrocinante): 50 JUS arancelarios
- Dra. Stella Marís Durán (letrada apoderada citada en garantía): 20 JUS arancelarios
- Dra. Sandra Fiasche (mediadora): 20 JUS arancelarios
- Perito médico Andrea Lorena Braschi: $1.600.000
- Perito psiquiatra Silvia Bortz: $1.600.000
- Perito contador Mónica Gómez: $1.000.000
- Perito ingeniero mecánico Pedro Mario Olivares: $1.000.000

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar