NICOLETTA ROQUE Y OTRO/A S/ SUCESION AB-INTESTATO
Se declara la sucesión ab-intestato de Nicoletta Rosa y Roque Nicoletta. El Tribunal reconoce como herederos universales a las hijas María Lucía Nicoletta y Rita Felisa Nicoletta, y al cónyuge Roque Nicoletta respecto de los bienes propios.
Quién demanda: Nicoletta Roque y otro/a (herederos)
¿A quién se demanda?
No corresponde (es un proceso sucesorio ab-intestato sin parte demandada)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Declaración de herederos y determinación de derechos sucesorios respecto de los bienes dejados por Nicoletta Rosa (DNI 93.156.419, fallecida el 22 de mayo de 2022) y Roque Nicoletta (DNI 93.156.452, fallecido el 20 de junio de 2022).
¿Qué se resolvió?
El Tribunal declaró que por fallecimiento de Nicoletta Rosa le suceden en carácter de herederos universales sus hijas María Lucía Nicoletta y Rita Felisa Nicoletta, y su cónyuge Roque Nicoletta (quien hereda en cuanto a los bienes propios, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda respecto de los gananciales). Asimismo, por fallecimiento de Roque Nicoletta le suceden en carácter de herederas universales sus hijas María Lucía Nicoletta y Rita Felisa Nicoletta. Fundamentos principales: "De conformidad con lo pedido, lo dictaminado por el Ministerio Fiscal y lo dispuesto por los arts. 2424, 2426 y 2433 del Código Civil y Comercial de la Nación, y los arts. 735, 737 del CPCC, se declara en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de NICOLETTA ROSA, DNI 93.156.419 le suceden en carácter de universales herederos sus hijas MARÍA LUCÍA NICOLETTA y RITA FELISA NICOLETTA y su cónyuge ROQUE NICOLETTA, a quien se declara heredar en cuanto los bienes propios sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda respecto de los gananciales; y que por fallecimiento de ROQUE NICOLETTA, DNI 93.156.452 le suceden en carácter de universales herederas sus hijas MARÍA LUCÍA NICOLETTA y RITA FELISA NICOLETTA." El Tribunal constató mediante certificados de defunción el fallecimiento de ambos causantes, acreditó mediante diarios y recibos la publicación de edictos conforme al art. 734 inc. 2 del CPCC, y verificó el vínculo matrimonial celebrado el 23 de diciembre de 1954 y la filiación de los hijos (María Lucía nacida el 23 de febrero de 1958; Rita Felisa nacida el 5 de mayo de 1963; y Ángel Roque fallecido el 26 de enero de 1980).
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