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BARRERA PRUDENCIO Y OTRO/A S/ SUCESION AB-INTESTATO

Se declara herederos universales en las sucesiones ab-intestato de Prudencio Barrera y Jorge Benito Barrera. El Tribunal acreditó los fallecimientos y la vinculación familiar, reconociendo como herederos a los hijos del causante y al cónyuge supérstite en los términos del Código Civil y Comercial de la Nación.

Sucesion ab-intestato Declaracion de herederos Herederos universales Conyuge superstite Bienes propios Gananciales Linea recta descendente Acreditacion de fallecimiento Edictos sucesorios

Quién demanda: BARRERA PRUDENCIO Y OTRO/A (herederos solicitantes)

¿A quién se demanda?

A las sucesiones ab-intestato de PRUDENCIO BARRERA (DNI 6.749.768, fallecido el 9 de Octubre de 2005) y JORGE BENITO BARRERA (DNI 12.445.423, fallecido el 25 de Abril de 2018)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Declaración de herederos universales en las dos sucesiones ab-intestato mencionadas

¿Qué se resolvió?

Se declara en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que:
- Por fallecimiento de PRUDENCIO BARRERA le suceden en carácter de universales herederos sus hijos: JORGE BENITO BARRERA Y NAVARRETE, ARTURO ERNESTO LUIS BARRERA Y NAVARRETE, LAURA RAMONA BARRERA Y NAVARRETE, MARÍA ELENA LUJÁN BARRERA Y NAVARRETE, y NIDIA PETRONA BARRERA Y NAVARRETE.
- Por fallecimiento de JORGE BENITO BARRERA le suceden en carácter de universales herederos sus hijos: MARÍA FERNANDA BARRERA Y BULFÓN, MARIA CECILIA BARRERA Y BULFÓN, JORGE LUIS BARRERA Y BULFÓN, y su cónyuge supérstite MIRTA SUSANA BULFÓN, a quien también se le declara heredar en cuanto a los bienes propios, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda con respecto a los gananciales. Fundamentos principales de la decisión: "De conformidad con lo pedido, y lo dispuesto por el art. 384 del ritual, al sólo efecto de este sucesorio tiénese por acreditado que 'BENITA ROSELVA NAVARRETE y/o BENITA ROSELBA NAVARRTE y/o ROSELBA NAVARRETE', era en todos los casos una misma y única persona." "Que con los certificados adjuntos a la presentación electrónica de fecha 12/05/2023 se acredita el fallecimiento de PRUDENCIO BARRERA
- DNI y/o MI 6.749.768-, ocurrido con fecha 9 de Octubre de 2005, y de JORGE BENITO BARRERA
- DNI 12.445.423 -, ocurrido con fecha 25 de Abril de 2018." "Que con la copia de la declaratoria de herederos dictada en los autos 'BARRERA ARTURO ERNESTO LUIS S/ SUCESION AB INTESTATO', expte. QL-23280/2024, en trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N°1 Departamental se acredita que ARTURO ERNESTO LUIS BARRERA
- hijo del causante Prudencio Barrera
- falleció con fecha 21 de Abril de 2024, y que por fallecimiento de ARTURO ERNESTO LUIS BARRERA le suceden en carácter de únicos y universales herederos sus hijos JÉSICA ELSA EDITH BARRERA y KRAVETZ VERA, HUGO ERNESTO LUIS BARRERA y KRAVETZ VERA y JULIETA AILÉN BARRERA y KRAVETZ VERA y su cónyuge supérstite ANA MARÍA KRAVETZ VERA." El Tribunal aplicó los artículos 3545 y 3565 del Código Civil, así como los artículos 2424, 2426 y 2433 del Código Civil y Comercial de la Nación, que regulan la sucesión legítima y la declaración de herederos, acreditando mediante certificados de defunción, certificados de matrimonio y la publicación de edictos conforme al artículo 734 inciso 2 del CPCC, los hechos constitutivos de la pretensión.

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