Logo

RESANO FERNANDO GABRIEL S/ SUCESION AB-INTESTATO

Declaratoria de herederos en sucesión ab-intestato de Fernando Gabriel Resano. El Tribunal declaró heredero universal al cónyuge supérstite Steven Joseph Richards respecto de los bienes propios del causante fallecido en Estados Unidos.

Sucesion ab-intestato Declaratoria de herederos Conyuge superstite Heredero universal Bienes propios Gananciales Matrimonio valido Codigo civil y comercial Derecho sucesorio Inscripcion registral

Quién demanda: La sucesión ab-intestato de Fernando Gabriel Resano (DNI M N° 7.595.896)

¿A quién se demanda?

No existe demandado en sentido técnico; Steven Joseph Richards es identificado como cónyuge supérstite y heredero universal

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Declaratoria de herederos en sucesión ab-intestato del causante fallecido en Jackson, Mississippi, Estados Unidos de Norteamérica, el 4 de junio de 2024

¿Qué se resolvió?

El Tribunal declaró que por el fallecimiento de Fernando Gabriel Resano le sucede en carácter de heredero universal su cónyuge supérstite, Steven Joseph Richards, en cuanto a los bienes propios si los hubiere, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda con respecto a los gananciales. Fundamentos principales de la decisión: El Tribunal basó su decisión en los siguientes hechos acreditados:
- Con el certificado de defunción de fecha 19/09/2024 se acredita el fallecimiento de RESANO FERNANDO GABRIEL (DNI M N° 7.595.896) ocurrido el 4/06/2024 en Jackson, estado de Mississippi, Estados Unidos de Norteamérica.
- Con el certificado de fs. 14/08/2008, se acredita que el causante contrajo matrimonio con Steven Joseph Richards el día 14/08/2008 en la ciudad de Provincetown, estado de Massachusetts, Estados Unidos de Norteamérica.
- De dicha unión no hubo descendencia.
- Del informe actuarial expedido los días 2/06/2026 y 4/06/2026 se acredita el cumplimiento de los recaudos procesales y sustantivos a los fines del dictado de la declaratoria de herederos solicitada. La decisión se fundamenta en lo dispuesto por los artículos 2335, 2337, 2338, 2340, 2424, 2426, 2433 del Código Civil y Comercial de la Nación, arts. 735 y 737 del Código adjetivo, aplicando las normas sucesorias que establecen que el cónyuge supérstite es heredero universal cuando no hay descendientes. El Tribunal también dispuso el cese de la intervención del Sr. Agente Fiscal conforme a lo establecido en el art. 728 inc. 1 del Código Procesal Civil y Comercial.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar