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C O H S/SUCESION AB-INTESTATO

Declaratoria de herederos en sucesión ab-intestato de Olga del Carmen Neira Sepúlveda. El Tribunal acogió la solicitud y declaró herederos a los seis hijos de la causante, quien falleció el 7 de diciembre de 2025 en Bahía Blanca. ---

Sucesion ab-intestato Declaratoria de herederos Filiacion Fallecimiento Edictos Herederos legitimos Proceso universal Codigo civil y comercial Registro de testamentos Derechos sucesorios

Quién demanda: Los peticionarios Cartes Oscar Humberto y otros interesados en la sucesión.

¿A quién se demanda?

No aplica. Se trata de un proceso universal de sucesión ab-intestato.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Declaratoria de herederos de Olga del Carmen Neira Sepúlveda, fallecida el 7 de diciembre de 2025 en Bahía Blanca, provincia de Buenos Aires.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal hizo lugar a lo peticionado y declaró herederos a los seis hijos de la causante: Erika Ester Cartes Neira (nacida 17/06/1953), Oscar Humberto Cartes Neira (nacido 28/07/1956), Jorge Hernán Cartes Neira (nacido 28/07/1956), Luis Alejandro Cartes (nacido 19/08/1958), Elías Jacob Cartes (nacido 30/09/1960) y Nilsa Lilian Cartes (nacida 13/09/1967). Fundamentos principales: El Tribunal tuvo por acreditados todos los requisitos legales necesarios para la declaratoria de herederos. En primer término, se acreditó mediante certificado de defunción el fallecimiento de la causante Olga del Carmen Neira Sepúlveda, ocurrido en la ciudad de Bahía Blanca el 7 de diciembre de 2025. En segundo término, mediante actas de nacimiento se comprobó fehacientemente la filiación de los seis hijos de la causante. En tercer término, se cumplió con la publicación de edictos ordenada el 16 de marzo de 2026, conforme lo certifica la Actuaria en fecha 3 de junio de 2026. En cuarto término, se dio cumplimiento con el artículo 724 del Código Procesal Civil (modificado según ley 11.511) mediante informe del Registro de Testamentos de fecha 9 de abril de 2026, y con la ley 7205 mediante informe del Registro de Juicios Universales de fecha 22 de mayo de 2026, confirmando la inexistencia de testamento y de otros juicios universales pendientes. La resolución se dictó de conformidad con lo pedido por los peticionarios, el dictamen del Agente Fiscal de fecha 5 de junio de 2026, lo dispuesto por el artículo 2426 del Código Civil y Comercial de la Nación y el artículo 735 del Código Procesal Civil. Se ordenó, en consecuencia, el cese de la intervención del Agente Fiscal. ---

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