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GILARDONI RODOLFO OMAR S/ SUCESION AB-INTESTATO

Se declaró herederos del causante Rodolfo Omar Gilardoni a sus tres hijos y cónyuge. El Tribunal hizo lugar al pedido de declaratoria de herederos acreditando los requisitos legales mediante documentación de defunción, matrimonio y filiación.

Sucesion ab-intestato Declaratoria de herederos Filiacion Matrimonio Gananciales Bienes propios Ley 7205 Codigo civil y comercial Procedimiento sucesorio Efectos hereditarios

Quién demanda: Agente Fiscal (en carácter de dictaminante en el procedimiento sucesorio)

¿A quién se demanda?

No aplica. Se trata de un procedimiento de sucesión ab-intestato del causante Rodolfo Omar Gilardoni, fallecido el 17 de marzo de 2026 en Pigüé, Saavedra, provincia de Buenos Aires.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Declaratoria de herederos del causante, solicitada en fecha 02/06/2026.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal declaró que por fallecimiento de Rodolfo Omar Gilardoni le suceden en carácter de herederos sus tres hijos: Claudio Néstor Gilardoni (nacido 20/11/1970), Pablo Adrián Gilardoni (nacido 31/07/1972) y Romina Paula Gilardoni (nacida 31/07/1980), así como su cónyuge Celia María Cayssials respecto de los bienes propios, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda sobre los gananciales. Fundamentos principales de la decisión: El Tribunal acreditó los siguientes extremos conforme lo requerido por la ley: "PRIMERO: Con el certificado adjunto al escrito de fecha 12/04/2026, el fallecimiento de RODOLFO OMAR GILARDONI, ocurrido en la ciudad de Pigüé, Saavedra, provincia de Buenos Aires, el día 17 de marzo de 2026." "SEGUNDO: Con el acta adjunta al escrito de fecha 12/04/2026, el matrimonio del causante con CELIA MARÍA CAYSSIALS, celebrado en la ciudad de Pigüé, Saavedra, provincia de Buenos Aires, el día 22 de julio de 1965." "TERCERO: Con los certificados adjuntos al escrito de fecha 12/04/2026, el nacimiento y filiación de los hijos habidos de dicha unión, llamados CLAUDIO NÉSTOR GILARDONI, ocurrido el día 20 de noviembre de 1970; PABLO ADRIÁN GILARDONI, ocurrido el día 31 de julio de 1972 y ROMINA PAULA GILARDONI, ocurrido el día 31 de julio de 1980, todos ocurridos en la ciudad de Pigüé, Saavedra, provincia de Buenos Aires." "CUARTO: Con el comprobante adjunto al escrito de fecha 02/06/2026 se justifica que se dio cumplimiento con la publicación de edicto ordenada en fecha 16/04/2026, con el resultado que informa la Actuaria en fecha 08/06/2026." "QUINTO: Con el informe de fecha 17/04/2026 se dio cumplimiento con la ley 7205 y con el de fecha 22/05/2026 con lo dispuesto por el art. 724 del C.P.C. (modificado por la ley 11511)." La resolución se fundó en lo dictaminado por el Agente Fiscal en fecha 09/06/2026 y en lo dispuesto por los arts. 2426 y 2433 del Código Civil y Comercial de la Nación y por el art. 735 del Código Procesal Civil.

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