BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ FRANCOU EZEQUIEL ALEJANDRO S/ COBRO EJECUTIVO
El Banco de la Provincia de Buenos Aires promovió cobro ejecutivo de un título de crédito originado en relación de consumo. El Tribunal se declaró incompetente y remitió las actuaciones al Juzgado de Paz competente por domicilio del demandado.
Quién demanda: Banco de la Provincia de Buenos Aires
¿A quién se demanda?
Francou Ezequiel Alejandro
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Pago de un título de crédito originado en una relación de consumo tutelada por la Ley 24.240
¿Qué se resolvió?
El Tribunal se declaró incompetente para entender en los actuados y radicó las actuaciones al Juzgado de Paz de Escobar, competente por territorio conforme a la normativa de protección al consumidor. Fundamentos principales de la decisión: "Que el peticionante le reclama al ejecutado el pago de un título de crédito originado en una relación de consumo tutelada por la Ley 24.240, resultando ésta una norma de orden público, que hace ceder las disposiciones del Código procesal en cuanto a la atribución de la competencia (conf. Art. 36 de la Ley 24240 reformada por la Ley 26.361), y que en virtud de ello resulta competente para entender en relación a la materia y al territorio la Justicia de Paz Letrada correspondiente al domicilio real de la parte demandada". El Tribunal adoptó el criterio de la Suprema Corte de Justicia establecido en los autos "Cuevas, Eduardo Alberto c/ Salcedo, Alejandro Rene s/Cobro Ejecutivo" (C.109.305), conforme al cual la Ley 24.240, siendo de orden público, desplaza las reglas ordinarias de competencia territorial en favor del domicilio real del demandado.
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