.................... S/ RECURSO DE CASACION
El imputado Matías Alberto Echevarría desistió del recurso de casación contra su condena por robo agravado con arma de fuego. La Cámara tuvo por desistido el recurso de conformidad con lo establecido en el artículo 432 del Código Procesal Penal.
Quién demanda: Matías Alberto Echevarría (a través de su defensor particular, Dr. Nicolás Emanuel Canario Soto)
¿A quién se demanda?
El Estado/Sistema de justicia penal (contra la sentencia del Tribunal en lo Criminal N° 4)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Desistimiento del recurso de casación interpuesto contra sentencia condenatoria
¿Qué se resolvió?
La Cámara tuvo por desistido el recurso de casación conforme lo establece el artículo 432 del Código Procesal Penal. Fundamentos principales: La causa tiene su origen en una sentencia dictada por el Tribunal en lo Criminal N° 4 del departamento Judicial Morón en el marco de un juicio abreviado, que condenó a Matías Alberto Echevarría a la pena de tres años de prisión y pago de costas, por resultar coautor penalmente responsable del delito de robo agravado por su comisión con arma de fuego cuya aptitud para el disparo no pudo acreditarse. Contra dicha sentencia se interpuso recurso de casación. Sin embargo, mediante escrito presentado por el defensor particular Dr. Nicolás Emanuel Canario Soto, el imputado manifestó expresamente su voluntad de desistir del recurso de casación interpuesto. La Cámara, aplicando lo establecido en el artículo 432 del Código Procesal Penal, procedió a tener por desistido el recurso, confirmando así la permanencia de la sentencia condenatoria sin revisión en esta instancia extraordinaria.
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