Logo

.................... S/ INF. A LOS ART. 78 Y 85 DEC. LEY 8031/73

Javier Roque Romero fue condenado por infracción a los artículos 78 y 85 del Decreto Ley 8031/73. La Cámara de Apelación confirmó la condena al pago de $27.000 de multa, rechazando los planteos de nulidad del acta indagatoria y la sentencia de primera instancia.

Recurso de apelacion Contravencion Articulos 78 y 85 decreto ley 8031/73 Multa Acta indagatoria Derecho de defensa Decreto ley 8031/73 (codigo de transito) Confirmacion de sentencia Aeropuertos argentina 2000

Quién demanda: Defensa Oficial en representación de Javier Roque Romero y el propio contraventor.

¿A quién se demanda?

Javier Roque Romero.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Nulidad del acta indagatoria del 9/4/25 por omisión de descripción detallada de la materialidad ilícita del hecho, y nulidad de la sentencia de primera instancia por igual motivo. Se propicia la absolución del contraventor.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que condenaba a Javier Roque Romero al pago de $27.000 de multa y costas por infracción a los artículos 78 y 85 del Decreto Ley 8031/73. Fundamentos principales de la decisión: El Tribunal rechazó los planteos de nulidad. Respecto del acta indagatoria del 9/4/25, sostuvo: "en la declaración prestada el 9/4/25, se le hizo conocer detalladamente al infractor, lo dispuesto en el art. 60 del C.P.P. en su versión actual lo que implica que se le informó minuciosamente de la infracción (ver inciso primero de la norma citada), siendo que además surge con claridad del acta de constatación del día 21/3/25 la descripción de la conducta que se le imputa y que éste tuvo la posibilidad de defenderse, no advirtiéndose que haya existido menoscabo alguno a su derecho de defensa." En relación a la sentencia de primera instancia, el Tribunal expresó: "Igual solución se adoptará respecto al planteo de nulidad de la sentencia por haberse omitido explicitar que conducta realizó el encartado y cuales son los hechos que se le imputan; toda vez que el Aquo abordó los agravios señalados no observándose el vicio alegado." Finalmente, concluyó: "Entrando al análisis de los presentes obrados, entiendo que con el acta del 21/3/25 donde se constata la infracción en la que ha incurrido Javier Roque Romero, la cual resulta válida, junto con los restantes elementos valorados por el Sentenciante, entre ellos el informe de Aeropuertos Argentina 2000, me llevan a tener por debidamente probada la participación del nombrado en la Infracción a los artículos 78 y 85 del decreto ley 8031/73."

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar