HEREDEROS Y/O SUCESORES DE M. A. G. C/ C. M. Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJUICIOS C/ LESIONES O MUERTE (95)
Los herederos de M. A. G. apelaron la declaración de caducidad de instancia dictada por el Juzgado de Primera Instancia. La Cámara confirmó la resolución apelada, argumentando que se había cumplido el plazo de inactividad correspondiente.
Actor: Herederos y/o sucesores de M. A. G. Demandado: C. M. y otro/a Objeto: Revocación de la declaración de caducidad de instancia. Decisión: Se confirmó la caducidad de instancia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La caducidad de instancia es un mecanismo procesal que pone fin a los litigios cuando la parte interesada no impulsa su avance dentro de los plazos establecidos por la ley." "La parte actora se equivoca cuando dice que el plazo de caducidad en los juicios sumarios sería de seis meses cuando el Código dice, claramente, que la caducidad se produce a los tres meses de inactividad." "El plazo ha sido correctamente computado."
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