RODRIGUEZ JACAMO LUIS ROBERTO C/ SALAVERRY JUAN ENRIQUE S.A. Y OTRO/A S/ DESPIDO
Trabajador demanda por despido y reclama indemnizaciones, diferencias salariales y horas extras. El tribunal rechazó el despido sin causa pero condenó por falta de recibos del mes de mayo de 2019 y SAC adeudado, fijando una indemnización de $1.244.898 actualizada con CER + 3%.
Quién demanda: Rodriguez Jacamo Luis Roberto, trabajador que se desempeñaba como Vigilador General.
¿A quién se demanda?
SERVICIOS EL CÓNDOR SRL (empresa de vigilancia y seguridad).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnización por despido sin causa; indemnización por antigüedad; diferencias salariales; horas suplementarias no abonadas; diferencias derivadas de la Ley 25.323; ingreso de aportes a la Seguridad Social; y entrega del certificado de trabajo.
¿Qué se resolvió?
El tribunal rechazó parcialmente la demanda. Se condenó a la demandada a abonar $1.244.898 (actualizado con CER + 3% conforme Ley 27.802/26) por el salario del mes de mayo de 2019 y SAC correspondiente al primer semestre de 2019 que no fueron acreditados con recibos. Se rechazó el reclamo por despido sin causa, indemnización por antigüedad, horas suplementarias y diferencias salariales. Fundamentos principales de la decisión: El tribunal consideró que el empleador acreditó correctamente las causales del despido con causa. Respecto a las inasistencias, la sentencia expresó: "Entiendo que en haras de la buena fe en las relaciones laborales (art 63, 68 LCT), el empleador rompió el vinculo laboral en tiempo y forma, ya que se tornaba imposible continuar con ese vínculo por las ausencias sin justificar del trabajador, lo que le causaba un gravamen a su empresa." Sobre las vacaciones, el tribunal sostuvo que el trabajador no actuó conforme a derecho al disponerlas unilateralmente: "Tampoco el trabajador estaba en la fecha en que la ley lo habilita a tomarse vacaciones, si el empleador no las otorga en el plazo legal. El Art. 154. LCT (t.o) El empleador deberá conceder el goce de vacaciones de cada año dentro del período comprendido entre el 1º de octubre y el 30 de abril del año siguiente." Respecto a los aportes a la Seguridad Social, el tribunal consideró que "Tampoco el actor ha podido acreditar que su empleador no realizó los aportes a la Seguridad Social ya que éste acompañó la Certificación de remuneraciones y aportes a la Seguridad Social, el cual no fuera redarguido de falsedad por la actora." Sin embargo, reconoció que "Visto que la demandada no acompañó recibos del mes de Mayo 2019 y la liquidación final la demanda prospera parcialmente." Por esta razón, condenó al pago del salario de mayo de 2019 ($19.771,50) y del SAC del primer semestre de 2019 ($8.238,12), aplicando la actualización conforme a la Ley 27.802/26 que establece como tasa mínima el 67% del índice CER más 3% anual.
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