IRUÑA SCA S/ APELACION DE RESOLUCION ADMINISTRATIVA
IRUÑA SCA interpuso recurso de queja contra la denegación de apelación de una acta de infracción laboral. El Tribunal rechazó la inconstitucionalidad del art. 61 de la Ley 10.149 y desestimó el recurso de queja por incumplimiento del depósito previo requerido para recurrir.
Quién demanda (Actor): IRUÑA SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES A quién se demanda (Demandado): Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, Delegación Regional Mar del Plata
¿Cuál es el objeto del reclamo?
IRUÑA SCA dedujo recurso de queja contra la resolución N°2026-1217 del Ministerio de Trabajo que denegó el recurso de apelación interpuesto contra el acta de infracción MT-0706-000446 de fecha 10/01/2025, labrada por violación a los artículos 122, 128 y 140 de la Ley N° 20.744 y artículo 1 de la Ley Nº23.041. La parte recurrente planteó la inconstitucionalidad del art. 61 de la Ley 10.149, que exige el cumplimiento del depósito previo como requisito para dar trámite a la apelación.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal rechazó el planteo de inconstitucionalidad del art. 61 de la Ley 10.149 y desestimó el recurso de queja por denegación del recurso de apelación, con costas a cargo de la actora vencida. Fundamentos principales de la decisión: "Que la parte recurrente plantea la inconstitucionalidad del art. 61 de la Ley 10.149 sosteniendo que viola flagrantemente el art. 18 de la Constitución Nacional y agrega en su escrito de inicio: 'en la medida que esta exigencia sea inevitable, privaría a mi mandante de acudir a la justicia y conspiraría contra el propósito de afianzar la justicia conculcando elementales derechos de raigambre constitucional, tales como el derecho de defensa en juicio, debido proceso y el de propiedad'." "Ahora bien, analizando el planteo deducido por la parte actora, entiendo que, la situación articulada es asimilable a la exigencia del depósito previo establecido en el art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires, tema resuelto por la Suprema Corte en sentido desfavorable a la inconstitucionalidad de dicho artículo en numerosos fallos." "Considero que el requisito previo del pago de la multa impuesto por el art. 61 de la ley 10.149 para acceder a la justicia ordinaria de ningún modo viola la Constitución Provincial, así como tampoco amedrenta la garantía del debido proceso. Cabe agregar, que la exigencia del pago previo de la multa no viola ninguna normativa constitucional, sino que constituye un requisito formal que debe cumplir quien se disconforme con la resolución dictada por el Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, para poder recurrir a la justicia laboral de la provincia del lugar donde se cometió la infracción, garantizando su derecho a la defensa en juicio y debido proceso." El Tribunal también citó jurisprudencia relevante de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires (causa L117.684 "Cladd" y L.120.947 "Centauro s.a") que ya se había pronunciado sobre la validez constitucional del art. 61 de la Ley 10.149 en sentido favorable a su constitucionalidad.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: