SANCHEZ LEONARDO JAVIER y otro/a S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO
Se homologó la conciliación arribada por las partes en un litigio laboral. El Tribunal del Trabajo Nro. Dos confirmó el acuerdo por considerar que cumplía con los recaudos legales y no implicaba renuncias indebidas de derechos del trabajador.
Quién demanda: Sánchez Leonardo Javier y otro/a
¿A quién se demanda?
Demandado no especificado en el acta
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Homologación de convenio/conciliación laboral
¿Qué se resolvió?
El Tribunal se pronunció favorablemente homologando la conciliación arribada por las partes en todas sus partes, regulando además los honorarios profesionales y disponiendo el depósito de las costas procesales. Fundamentos principales de la decisión: "Atento que lo pactado libremente por las partes, cumple con los recaudos legalmente exigibles para alcanzar una justa composición de los intereses de las mismas, toda vez que no implica renuncias a derechos del trabajador que se supongan reconocidos por el demandado en autos, ni afecta disposiciones de orden público en vigencia, soy de opinión favorable a homologarlo en todas sus partes, en cuanto involucra la totalidad de los rubros reclamados y acuerdo sobre las costas ocasionadas." El Tribunal fundamentó su decisión en los artículos 15 de la Ley 20.744 (Ley de Contrato de Trabajo), artículos 1641 y 1643 del Código Civil y Comercial de la Nación, artículos 73 y concordantes del Código Procesal Civil y Comercial, y artículos 24, 30 y 89 de la Ley 15.057. Los tres jueces que integraban el Tribunal votaron por la afirmativa en idénticos conceptos. Se regularon los honorarios de los letrados Manuel García y Milena Úngaro en 100,50 IUS con más el 10% de aportes previsionales y 21% en concepto de devolución de IVA. Se intimó a la demandada a depositar $550.000 y $55.000 en concepto de tasa de justicia y sobre tasa respectivamente.
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