Logo

ARABI MICAELA SOLEDAD C/ GIATTI FERNANDO DANIEL S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO

La actora promovió incidente de homologación de convenio laboral contra su empleador. El Tribunal del Trabajo de Tandil hizo lugar al acuerdo por $ 2.250.000 pagaderos en tres cuotas mensuales, reconociendo que el convenio asegura una justa composición de derechos e intereses de las partes.

Homologacion de convenio Derecho laboral Transaccion laboral Ley 20.744 Justa composicion de derechos Acuerdo de partes Indemnizacion laboral Costas procesales Honorarios profesionales Sentencia con fuerza de cosa juzgada

Quién demanda: Arabi Micaela Soledad (trabajadora)

¿A quién se demanda?

Giatti Fernando Daniel (empleador)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Homologación de convenio laboral celebrado entre las partes

¿Qué se resolvió?

El Tribunal hizo lugar a la homologación del acuerdo transaccional por la suma de pesos DOS MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL ($2.250.000), pagaderos en tres cuotas iguales de SETECIENTOS CINCUENTA MIL ($750.000) cada una, con vencimientos a los 5, 30 y 60 días de notificada la sentencia. Fundamentos principales de la decisión: El voto de la Jueza Virginia Persson, al que se adhirieron los demás magistrados, sostuvo: "Luego de pormenorizado análisis del acuerdo celebrado por las partes, atento la naturaleza jurídica del convenio, y dado que la parte accionante ha reajustado su pretensión crediticia, encuentro que el mismo establece las bases que permiten asegurar una justa composición de los derechos e intereses de los convinientes, de conformidad con lo establecido en el art. 15 de la ley 20.744 (t.o.)." El Tribunal consideró que el convenio reúne los requisitos legales para su homologación bajo el régimen de la Ley de Contrato de Trabajo, reconociendo que la parte actora ha efectuado un reajuste de su pretensión crediticia que permite una justa composición de derechos. Se impusieron las costas a la parte demandada de conformidad con lo pactado (arts. 24 y 30 de la ley 15057 y arts. 68 y 73 del C.P.C.C.; art. 81 ley 14.653). Se regularon honorarios a los letrados María Victoria Moreno Farbo y Luciano Tumini conforme la ley 14.967, estableciéndose el pago mediante transferencia directa a las cuentas bancarias denunciadas. El Tribunal otorgó un término de 48 horas para que la demandada acredite el cumplimiento del pago.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar