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GRANDINETTI MAURICIO JOSE C/ JAURETCHE JUAN CLEMENTE S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO

Se homologó el acuerdo transaccional celebrado entre las partes por un monto de $28.146.007,75. El Tribunal del Trabajo de Tandil hizo lugar a la homologación del convenio al entender que el mismo asegura una justa composición de los derechos e intereses de los convinientes conforme el artículo 15 de la ley 20.744.

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Quién demanda: GRANDINETTI MAURICIO JOSE (parte actora)

¿A quién se demanda?

JAURETCHE JUAN CLEMENTE (parte demandada)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Homologación de acuerdo o convenio celebrado entre las partes en un proceso laboral.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal del Trabajo de Tandil homologó con fuerza de Sentencia el acuerdo celebrado por las partes, estableciendo el pago de $28.146.007,75 en concepto de monto transaccional, distribuido en tres cuotas: la primera de $18.191.388,82 dentro de los 5 días hábiles de la homologación, y dos cuotas mensuales de $4.977.309,46 cada una. Fundamentos principales de la decisión: La Jueza VIRGINIA PERSSON expresó: "Luego de pormenorizado análisis del acuerdo celebrado por las partes, atento la naturaleza jurídica del convenio, y dado que la parte accionante ha reajustado su pretensión crediticia, encuentro que el mismo establece las bases que permiten asegurar una justa composición de los derechos e intereses de los convinientes, de conformidad con lo establecido en el art. 15 de la ley 20.744 (t.o.).-" Los Jueces NÉSTOR ENRIQUE SORIA y GUSTAVO ADRIÁN IACARUSO adhirieron al voto de la Jueza que llevaba la palabra, por los fundamentos expuestos. Se impusieron las costas del litigio a la parte demandada de conformidad con lo pactado, conforme los artículos 24 y 30 de la ley 15057 y artículos 68 y 73 del C.P.C.C.; artículo 81 ley 14.653. Se eximió a la demandada del depósito de la Tasa de Justicia y su contribución. Se regularon honorarios a los letrados Nicolás Prat y Fernando Diego Navarro conforme lo normado en los artículos 16, 21, 22, 23, 25, 28 y 43 de la ley 14.967.

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