OVIEDO LUIS ELPIDIO S/ SUCESION AB-INTESTATO
Se dicta declaratoria de herederos en sucesión ab-intestato de Luis Elpidio Oviedo. El Tribunal declara herederos a los hijos Agustina Nerea Oviedo y Lucas Nicolino Oviedo, y cónyuge Natalia Ines Maffei, conforme lo previsto en los artículos 2424, 2426 y 2433 del Código Civil y Comercial de la Nación.
Quién demanda: Agente Fiscal (actuando en carácter de parte en el proceso sucesorio ab-intestato).
¿A quién se demanda?
No corresponde (proceso de sucesión sin testamento).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se solicita la declaratoria de herederos del causante Luis Elpidio Oviedo, fallecido el 9 de junio de 2021 en Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal declaró como herederos a: 1. Agustina Nerea Oviedo (hija) 2. Lucas Nicolino Oviedo (hijo) 3. Natalia Ines Maffei (cónyuge), respecto de los bienes propios que correspondieren y sin perjuicio de los derechos sobre los gananciales. Fundamentos principales de la decisión: El Tribunal basó su resolución en los siguientes hechos acreditados: "Que con el certificado acompañado digitalmente con el escrito inicial se acredita el fallecimiento de Luis Elpidio Oviedo, ocurrido el día 9 de junio de 2021 en esta ciudad de Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires. Que con el certificado que luce en autos se acredita el matrimonio del causante con la Sra. Natalia Ines Maffei, celebrado el día 29 de diciembre del año 2005 en esta ciudad de Mar del Plata. Que con los certificados adjuntados con fecha 2/2/2026 se acredita el nacimiento de los hijos del matrimonio: Agustina Nerea Oviedo, ocurrido el día 20 de junio del año 2004 y Lucas Nicolino Oviedo, ocurrido el día 10 de enero de 2007." Respecto al procedimiento seguido: "Que con el ejemplar acompañado con fecha 9/4/2026 se acredita haber efectuado la publicación de edictos ordenada en autos según lo previsto por el art. 734 inciso 2do. del C.P.C.C. Que el plazo resultante de tal publicación se encuentra vencido, según lo certificara el Actuario. Que en autos obran oficios debidamente informados por el Registro de Juicios Universales, al Registro de Testamentos y la constancia negativa de beneficio extraída de la página web del Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires." La declaratoria se efectuó "de conformidad con lo pedido, lo dictaminado por el Ministerio Fiscal y lo dispuesto en los Arts. 2424, 2426 y 2433 del Código Civil y Comercial de la Nación y arts. 735, 737 y concordantes del C.P.C.C."
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