Logo

BERZANO JORGE RUBÉN S/ SUCESION AB-INTESTATO

Declaratoria de herederos en sucesión ab-intestato de Jorge Rubén Berzano. El Tribunal declaró herederas a las dos hijas del causante, Georgina y Michela Berzano, tras verificarse el cumplimiento de los requisitos legales y la publicación de edictos.

Sucesion ab-intestato Declaratoria de herederos Jorge ruben berzano Jurisdiccion voluntaria Edictos Herederas Codigo civil y comercial.

Quién demanda: Sucesión ab-intestato de Jorge Rubén Berzano (trámite de jurisdicción voluntaria).

¿A quién se demanda?

No aplica (proceso de sucesión universal).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Declaratoria de herederos en la sucesión ab-intestato de Jorge Rubén Berzano.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal declaró que por fallecimiento de Jorge Rubén Berzano, ocurrido el 14 de julio de 2024 en Mar del Plata, lo suceden en carácter de herederos sus hijas Georgina Berzano (nacida el 13 de octubre de 1979) y Michela Berzano (nacida el 24 de noviembre de 1983). Se ordenó cesar la intervención del Agente Fiscal y se mandó a registrarse la sentencia. Fundamentos principales de la decisión: El Tribunal verificó los requisitos legales necesarios para dictar la declaratoria de herederos. En primer lugar, acreditó mediante documentación adjunta el fallecimiento de Jorge Rubén Berzano ocurrido el día 14 de julio de 2024 en Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires. Asimismo, verificó el nacimiento de las hijas Georgina Berzano, ocurrido el día 13 de octubre de 1979, y Michela Berzano, ocurrido el día 24 de noviembre de 1983, ambos en la ciudad de Buenos Aires Capital. El Tribunal constató que se efectuó la publicación de edictos ordenada en autos según lo previsto por el artículo 734 inciso 2do. del C.P.C., y que el plazo resultante de tal publicación se encontraba vencido según lo certificara la Actuaria. Asimismo, obran en autos presentaciones electrónicas de fechas 11/03/2026 y 24/04/2026 con oficios debidamente informados por el Registro de Juicios Universales y Registro de Testamentos. De conformidad con lo pedido, lo dictaminado por el Ministerio Fiscal y lo dispuesto en los artículos 3565 del Código Civil Ley 340 y modificatorias, artículo 2644 del Código Civil y Comercial Ley 26.994 y artículos 735, 737 y concordantes del C.P.C., se hizo lugar a la declaratoria solicitada.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar