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VERON SONIA BEATRIZ C/ CANTERO CECILIA ANAHI Y OTRO/A S/ INTERDICTO DE RECOBRAR

Sonia Beatriz Verón promovió un interdicto de recobrar respecto del inmueble ubicado en Managua N° 322, alegando haber sido despojada de su posesión por sus hijas. El Tribunal hizo lugar a la acción, ordenando la restitución del inmueble a la actora.

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Actor: Sonia Beatriz Verón Demandado: Anabella Lujan Cantero; Cecilia Anahí Cantero Objeto: Interdicto de recobrar sobre un inmueble Decisión: Se hizo lugar al interdicto, ordenando la restitución del inmueble a la actora.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Para que proceda el interdicto de recobrar es necesario que quien acciona demuestre el hecho de la posesión o tenencia de un bien mueble o inmueble, y que ha sido despojado de ella, en forma total o parcial, mediante violencia o clandestinidad." "Estando acreditada la efectiva posesión o tenencia, al momento en que se produjeron los hechos que motivan la acción, resultando la conducta de las demandadas como violenta y clandestina, los presupuestos de la acción intentada aparecen cumplidos." "Verifico reunidos los recaudos pertinentes -posesión previa de la actora y despojo con violencia-, correspondiendo hacer lugar al interdicto de recobrar promovido por SONIA BEATRIZ VERON."

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