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TASSO ROSA SUSANA S/ SUCESION AB-INTESTATO

Se solicita inscripción de declaratoria de herederos en procedimiento sucesorio ab-intestato. El Tribunal ordena la inscripción del bien inmueble con la documentación acompañada, cumplidas las cargas legales, conforme a las disposiciones técnico-registrales de la Suprema Corte.

Sucesion ab-intestato Declaratoria de herederos Inscripcion registral Inmueble Cesion de derechos hereditarios Disposiciones tecnico-registrales Registro de propiedad Procedimiento sucesorio Derechos hereditarios Junin

Quién demanda: Los herederos en procedimiento sucesorio ab-intestato de TASSO, ROSA SUSANA.

¿A quién se demanda?

No aplica (procedimiento sucesorio).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Inscripción de la declaratoria de herederos dictada el 1/4/2026, conjuntamente con la cesión de acciones y derechos hereditarios del 12/3/2026, respecto del inmueble ubicado en el partido de Junín.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal ordena proceder a la inscripción de la declaratoria de herederos y la cesión de acciones y derechos hereditarios, encontrándose cumplidas las cargas legales. Se dicta orden de inscripción registral del bien inmueble identificado como matrícula 41709/21, Nomenclatura Catastral: Circ. XV, Sección L, Chacra 2, Mza. 20, Parcela 1-a, Sub parcela 21, Partida N° 69301, del partido de Junín. Fundamentos principales de la decisión: "En atención a lo pedido, estado de estos autos caratulados 'TASSO ROSA SUSANA S/ SUCESION AB-INTESTATO' y lo que resulta de la documentación acompañada, encontrándose cumplidas las cargas legales, procédase a la inscripción de la declaratoria de herederos dictada el 1/4/2026 conjuntamente con la cesión de acciones y derechos hereditarios acompañada el 12/3/2026 con relación al bien al que se refiere el título adjunto a la presentación del 03/04-2026 y el informe de dominio digitalizado el 2/6/2026." El Tribunal establece expresamente los requisitos técnico-registrales que deberá cumplimentar la Actuaria para expedir la documentación ordenada, citando la normativa aplicable: DTR. Nº 11/99, DTR. Nº 5/97, DTR. Nº 3/92, Instructivo Nº 15/97 y Res. SCJBA. Nº 432, garantizando la inclusión de datos completos de herederos, fraccionamiento de derechos hereditarios, determinación del bien y datos tributarios (CUIT, CUIL, CDI).

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